Cálculo del IVA en Estimación Objetiva (Módulos): Proceso Completo

Clasificado en Economía

Escrito el en español con un tamaño de 161,34 KB

Este documento detalla los pasos necesarios para calcular el IVA en el régimen de Estimación Objetiva (Módulos).

Pasos para el Cálculo del IVA Simplificado

1. Cómputo de Circunstancias Iniciales y Módulos a 1 de Enero

El primer paso consiste en computar las circunstancias iniciales que afectan a los módulos.

KkUD+AIIAAKAACAACEwagf8HOhNrkVw2nsQAAAAASUVORK5CYII=

Se identifican tres trabajadores: el titular y dos empleados. Respecto a las mesas, se calcula una capacidad para 20 comensales. Dado que cada mesa tiene capacidad para cuatro comensales, el total es de 5 mesas.

Cuantificación de los módulos a 1 de enero:

w+ZQp3BKtVu4wAAAABJRU5ErkJggg==

2. Cálculo de Cuotas Trimestrales (1T, 2T, 3T)

La cuota trimestral a ingresar en los tres primeros trimestres se determina a partir de la cuota devengada anual, aplicando el coeficiente establecido (en este caso, el 4%).

Cuota devengada anual: 11.567,71 €. Coeficiente: 4%.

Cálculo de la cuota trimestral: 11.567,71 € * 0,04 = 462,71 €.

Por tanto, en cada uno de los tres primeros trimestres se ingresarán 462,71 €.

3. Cuantificación de Módulos a 31 de Diciembre

Se procede a la cuantificación de los módulos a 31 de diciembre, considerando las variaciones producidas durante el año.

9atNEKdfo+AAAAAASUVORK5CYII=

Se incorpora un nuevo trabajador asalariado con las siguientes características: inicio el 1 de febrero, 18 años de edad, y 900 horas trabajadas en el año.

Cómputo del trabajador de 18 años: (900 horas / 1.800 horas) * 0,6 = 0,30.

Se consideran dos trabajadores que prestaron servicios del 1 de julio al 30 de septiembre, con 720 horas trabajadas al año cada uno.

Cómputo de los dos trabajadores temporales: (720 horas / 1.800 horas) * 2 = 0,80.

De esta forma, el cómputo total del personal empleado a 31 de diciembre es de 4,1 (resultado de sumar los 3 trabajadores iniciales + 0,30 del nuevo trabajador + 0,80 de los dos trabajadores temporales).

4. Determinación del Resultado A

Se determina el Resultado A, que surge de la diferencia entre el IVA Devengado por operaciones corrientes y el IVA Soportado deducible (incluyendo el 1% sobre operaciones corrientes).

2vOPuPrK8Q3FEg0AQCAJBIAg8CwIhy2fpybQjCASBIBAEVkMgZLkatFEcBIJAEAgCz4JAyPJZejLtCAJBIAgEgdUQCFmuBm0UB4EgEASCwLMgELJ8lp5MO4JAEAgCQWA1BEKWq0EbxUEgCASBIPAsCIQsn6Un044gEASCQBBYDYGQ5WrQRnEQCAJBIAg8CwIhy2fpybQjCASBIBAEVkMgZLkatFEcBIJAEAgCz4JAyPJZejLtCAJBIAgEgdUQCFmuBm0UB4EgEASCwLMgELJ8lp5MO4JAEAgCQWA1BEKWq0EbxUEgCASBIPAsCIQsn6Un044gEASCQBBYDYGQ5WrQRnEQCAJBIAg8CwIhy2fpybQjCASBIBAEVkMgZLkatFEcBIJAEAgCz4JAyPJZejLtCAJBIAgEgdUQCFmuBm0UB4EgEASCwLMgELJ8lp5MO4JAEAgCQWA1BP4PoBuPJFVbeC8AAAAASUVORK5CYII=

5. Determinación de la Cuota Mínima (Resultado B)

La cuota mínima (Resultado B) se calcula multiplicando la cuota devengada anual por el coeficiente establecido en la Orden Ministerial (en este caso, 13%).

Cálculo: 14.159,39 € * 0,13 = 1.840,72 €.

6. Comparación de Resultados y Elección de la Cuota Anual

Se compara el Resultado A con la Cuota Mínima (Resultado B) y se selecciona la cuantía mayor, que será la cuota anual resultante antes de ajustes.

Se elige 4.687,79 €.

7. Cálculo de la Cuota Anual Ajustada

Se halla la cuota anual definitiva, incorporando ajustes por adquisiciones intracomunitarias e IVA deducible en activos fijos.

AB42s4jUHnUjAAAAAElFTkSuQmCC

Estos datos provienen de los siguientes cálculos:

  • Cuota devengada en adquisiciones intracomunitarias: 2.500 € * 21% = 525 €.
  • IVA deducible en activos fijos: (450 € + 200 €) * 21% = 514,50 €.

8. Determinación de la Cuantía a Ingresar en el 4T

El resultado de la autoliquidación final del 4T se obtiene restando las cuotas ingresadas en los tres primeros trimestres de la cuota anual ajustada (obtenida en el paso 7).

Cálculo: 4.698,29 € - (462,71 € * 3) = 4.698,29 € - 1.388,13 € = 3.310,17 €.

Entradas relacionadas: