Cálculo de Nómina, Finiquito y Derechos Laborales

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Cálculo del Salario Mensual

A) Salario de los Días Trabajados en el Último Mes

  • PPE (Prorrateo de Pagas Extras): (Nº de pagas extra * Salario Base) / 12
  • Salario Bruto: (Salario Base + Complementos) * Nº días trabajados / 30 + PPE

Descuentos de la Seguridad Social: Salario Bruto * 4.70% + Salario Bruto * (1.55% o 1.60% [en contratos temporales]) + Salario Bruto * 0.10%

Retención de IRPF: Porcentaje de retención * Base de retención (Salario Bruto)

Salario Neto: Salario Bruto – Descuentos Seguridad Social – Retención IRPF

B) Pagas Extraordinarias Pendientes de Cobro

31, 28, 31, 30, 31, 30, 31, 31, 30, 31, 30, 31

Compensación por Vacaciones y Despido

C) Por las Vacaciones No Disfrutadas

  • Total: Suma de los días trabajados.
  • Cálculo de la parte proporcional: (Días trabajados * 30) / 365
  • Cálculo del salario diario: (Salario Base + PPE + Complemento Convenio) / 30 = X € (menos distancia)
  • Multiplicación: Salario diario * Días pendientes de vacaciones.
  • Ajuste: Restar Seguridad Social e IRPF a la cantidad anterior.

D) Indemnización por Despido

  • Cálculo Salario Diario: (Salario Base anual * 12 + Plus Convenio anual * 12 + 2 pagas extras - PPE * 12) / 365
  • Indemnización: Días por año trabajado * Salario Diario * Antigüedad en años
  • Total Finiquito: Indemnización + Salario Neto - (Seguridad Social + IRPF)

Derechos Laborales y Sindicales

  • Libertad sindical: Derecho a afiliarse o no a un sindicato. Existen delegados de personal, comité de empresa, delegados sindicales y secciones sindicales.
  • Sindicatos: Asociaciones de trabajadores para la defensa y promoción de sus intereses y la mejora de las condiciones laborales.
  • Secciones Sindicales: Conjunto de afiliados a un sindicato dentro de una empresa.

Conflictos Colectivos

  • Conflicto jurídico: Discrepancia en la interpretación de una norma.
  • Conflicto de interés: Búsqueda de modificación de una norma (ej. huelgas).

(Indemnización: motivos disciplinarios -ninguna-, causas objetivas, despido colectivo, fuerza mayor -20 días/año máx. 360 días-)

  • Huelgas: Laborales (excluyen políticas), directas, no novatorias, no abusivas.
  • Derecho de reunión: Los trabajadores pueden reunirse dentro de la empresa con ciertas limitaciones (comunicación a la empresa, acuerdo de la mitad más uno...).

Extinción del Contrato e Incapacidades

  • Extinción del contrato: Por voluntad del trabajador (dimisión, incumplimiento de la empresa, violencia de género), por voluntad de la empresa (despido disciplinario, causas objetivas, colectivo, fuerza mayor) u otras causas (muerte, jubilación, mutuo acuerdo).
  • Incapacidad temporal: Baja laboral que impide temporalmente asistir al trabajo.
  • Incapacidad permanente: Total o parcial.
  • Prestaciones por muerte y supervivencia: Viudedad, orfandad, pensión en favor de familiares.
  • Desempleo: Prestación para trabajadores que han perdido su empleo y cumplen ciertos requisitos (360 días mínimos en los últimos 6 años, situación legal, compromiso...).

Principio de Solidaridad

Principio de Solidaridad: Solidaridad entre ciudadanos en función de su renta para ayudar a quienes lo necesitan.

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