Calificación jurídica de los hechos y consecuencias penales

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Calificación jurídica de los hechos

Calificación jurídica de los hechos

A-) Un delito de apropiación indebida regulado en el art. 253.1 CP en relación con el art. 249 CP.

B-) Un delito continuado de administración desleal del art. 252.1 en relación con el art. 250 y 74 del CP.

C-) Un delito de estafa hiperagravada del art. 250.2 del CP, ya que en el último inciso se dispone que se impondrán las mismas penas cuando la cuantía de lo defraudado supere los 250.000 €.

Autoría y participación autor directo respecto de los delitos A y B en los términos de los arts. 27 y 28 del CP.

Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal

La circunstancia atenuante analógica del art. 21.7º CP en relación con el art. 21.2º, ya que el procesado tenía grave adicción a los juegos, sufriendo el denominado “juego patológico o ludopatía”. Procede esta atenuante respecto de los delitos A,B y C.

Consecuencias jurídicas aplicables

-Por el delito de apropiación indebida procede la imposición de la pena de prisión de 6 meses- 1 año 9 meses -1día (mitad inferior por la regla 66.1 1ª).

-Por el delito de estafa hiperagravada procede la imposición de la pena de prisión de 4años-6 años -1día y multa de 12 -18 meses (mitad inferior por la regla 66.1 1ª).

-Por el delito continuado de administración desleal del art. 252 CP en relación con el art. 250 y 74 CP procede imponer al procesado la pena de prisión de 1-6 años y multa de 6-12 meses (compensándose la mitad superior por el art. 74 CP y la mitad inferior por la regla 66.1.1ª)

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