Calificación Jurídica de Homicidio en Tentativa y Robo con Violencia en Casa Habitada
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Caso N.º 39: Descripción de los Hechos
Sobre las 8 horas del día 26 de junio de 2015, el procesado S.B.D., mayor de edad y sin antecedentes penales, acudió a la vivienda de M.K.J., sita en la calle “Y” de Vecindario, a quien conocía por haber mantenido relaciones comerciales. Al abrir la puerta, este accedió al salón de la vivienda, donde le dijo que tenía dinero en el dormitorio. El acusado sustrajo de allí una bolsa que contenía 1.400 €, abandonando a continuación el lugar.
Seguidamente, M.K. llamó al Servicio de Urgencias, evitando así su muerte. Como consecuencia de la agresión, M.K. sufrió 2 heridas a nivel torácico, 12 abdominales y múltiples heridas en la cara palmar de ambas manos, que precisaron para su curación tratamiento médico y quirúrgico, así como 90 días de hospitalización, con secuelas por cicatrices postquirúrgicas.
Tipicidad y Calificación Jurídica
Según el Código Penal (Libro II, Títulos I y XIII, arts. 138, 237 y 242):
- Hecho 1/2: Pluralidad fáctica y delictual.
- Sujeto: Persona física.
- Marco Legal: LO 10/95 de 23 de noviembre (vigencia 24/06/96) y LO 1/2015 de 30 de marzo (vigencia 01/07/2015).
Delito de Homicidio (Art. 138)
- Denominación: Homicidio.
- Pena de prisión: 10 a 15 años (según redacción original) o 15 a 25 años (según disposiciones posteriores).
- Bien jurídico protegido: Vida humana independiente.
- Conducta: Acción de matar a otro con dolo directo de primer grado.
- Resultado: Producir la muerte de una persona.
- Objeto material: Cuerpo humano vivo.
- Clase de tipo: Delito grave, básico, de lesión, de acción de resultado, instantáneo y doloso.
Ejecución, Autoría y Participación
- Ejecución: Art. 16.1, tentativa acabada. Pena inferior en 1 o 2 grados (Art. 62).
- Autoría: Art. 28, autor directo. Pena en toda su extensión (Art. 61).
Relación Concursal y Penas
Se establece una relación concursal medial (Art. 77.1.2) entre el homicidio y el robo con violencia mediante el uso de armas en casa habitada. Se incorporan todas las penas para su cumplimiento simultáneo.
Consecuencias Jurídicas
Pena Principal
Aplicación del Art. 138 y reglas de determinación (Arts. 61, 62, 66.1.6º, 77.1.2):
- Pena base: Prisión de 10 a 15 años.
- Grado inferior (1º): 5 años a 10 años menos 1 día.
- Grado inferior (2º): 2 años y 6 meses a 5 años menos 1 día.
Penas Accesorias y Responsabilidad Civil
- Art. 57: Prohibición de residir en el lugar donde se haya cometido el delito.
- Art. 56.1.2º: Inhabilitación especial para el sufragio pasivo.
- Responsabilidad Civil (Arts. 109 y 110): Indemnización de daños y perjuicios.
- Costas (Art. 123): Imposición de las costas procesales.
- Consecuencias accesorias (Art. 127): Decomiso del arma.
Extinción de la Responsabilidad Criminal
- Prescripción del delito (Art. 131): Plazo de 15 años (hasta el 26/06/2030).
- Prescripción de la pena (Art. 133): 20 años desde la firmeza de la sentencia.