Capacidad de Carga Ecológica en Áreas Turísticas: Estudio de la Reserva de Carará

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Capacidad de Carga Ecológica de un Área Turística Propuesto por Cifuentes

Para desarrollar el modelo de Capacidad de Carga Ecológica (CCE), el cual hace referencia al máximo nivel de presión que pueden sufrir los ecosistemas naturales, nos basaremos en el estudio realizado por Cifuentes de la Reserva de Carará, en Costa Rica, el cual consta de dos fases:

Fases del Estudio

  • Analizar las características y funciones ambientales del ecosistema y el modo en que las mismas podrían verse afectadas por diversos grados de intensidad de la presencia humana. Una herramienta clave para ello es la zonificación del área protegida, que establece las características diferenciales de cada zona y los niveles máximos de presión humana que cada una de ellas puede soportar. Para el estudio se tomaron en consideración las zonas de Sendero Quebrada Bonita y Dique del Río Tárcoles.
  • Analizar los objetivos de la política nacional de áreas protegidas en relación con los servicios que se pretende que éstas presten a la sociedad.

Después de este análisis, se procedió a la determinación de la capacidad de carga de la reserva a través de:

Determinaciones de la Capacidad de Carga

  • Determinación de la CC Física: referida a la cantidad de personas que pueden ser acomodadas en un área sin consideración alguna a los recursos ecológicos que alberga. Para este cálculo se tienen en consideración el espacio de ambas zonas, los m²/visitante y las visitas que se pueden hacer al día en función de las horas que esté abierto al público.
  • Determinación de la CC Real: límite máximo de visitas determinado a partir de la CCF de una zona después de someterla a factores correctores necesarios para preservar los valores ecológicos que la reserva alberga. Aquí, los factores de corrección que se emplearían serían: brillo solar, precipitación, accesibilidad, erodabilidad, perturbación a la fauna y cierres temporales. Para ello se realizaron una serie de cálculos para obtener la magnitud de corrección: FC = (magnitud limitante de la variable / magnitud total de la variable) * 100.
  • Teniendo en cuenta estos factores, el cálculo de la capacidad sería: CCR = CCF * (1 - Sumatorio FC).
  • Determinación de la CC Ecológica o Efectiva: modula la anterior al considerar la capacidad de manejo de las autoridades del área protegida, la cual se define como las condiciones que la administración del área protegida necesita para poder cumplir con sus funciones. Para su determinación es necesario tener en cuenta variables que se puedan medir para obtener la CM mínima indispensable. En el caso de la reserva que hemos tomado como referencia, se determinó que la CM = 15% de la capacidad de manejo mínima necesaria. Y, finalmente, se procedería al cálculo de la CCE = CCR * (CM / 100).

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