Capital Social, Patrimonio y Acciones: Guía Completa

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Capital Social

El capital social es una cifra contable que permanece invariable, aunque se puede modificar siguiendo un procedimiento prefijado. Sociedad Anónima (SA): 60.000€ y Sociedad Limitada (SL): 3.000€.

La Acción

La acción representa una parte alícuota del capital social. Pueden ser diferentes y se agrupan en clases distintas.

  • Aportaciones de los socios: Dinerarias y no dinerarias.
  • Dividendos pasivos: Parte que resta por pagar de cada acción. Efectos en caso de impago en plazo: suspensión del derecho de voto, derecho al dividendo y no ejercicio del derecho de suscripción preferente.
  • Acciones liberadas: Acciones plenamente desembolsadas.

La Participación

La participación representa una parte del capital social. No tienen el carácter de valores y no pueden estar representadas por medio de títulos o de anotación en cuenta (anotaciones en Escritura Pública). La transmisión de las participaciones sociales se formaliza en documento público. No pueden emitir obligaciones u otros valores agrupables en emisiones, ni cotizar en bolsa sus participaciones.

Capital Social, Patrimonio y Reservas

Capital Social: Cifra contable que aparece en los estatutos de la sociedad y se corresponde con la suma de las aportaciones realizadas o comprometidas de los socios.

Patrimonio: Conjunto efectivo de bienes y deudas que tiene la sociedad en un determinado momento.

Reservas: Valores patrimoniales obtenidos por la sociedad, no repartidos entre los socios, sino que se aprovisionan para poder ser utilizados en el futuro.

Clases de Reservas

  • Legales: Impuestas por la Ley (10% del beneficio, hasta que alcance el 20% del capital social). Reserva el fondo de comercio.
  • Legales especiales: Para sociedades mercantiles especiales (bancos, seguros, etc.).
  • Estatutarias: Fijadas en los estatutos.
  • Voluntarias: Se constituyen en la aplicación del resultado positivo del ejercicio.
  • Tácitas u ocultas: La contabilidad no las refleja. Proceden de la infravaloración del activo o de la sobrevaloración del pasivo. Regulación de balances.

La Acción como Documento y Valor Mobiliario

Títulos Valores

Convierten la acción en un título apto para la puesta en circulación. Facilitan la transmisión y la prueba de la condición de socio. Pueden ser nominativas o al portador.

Anotaciones en Cuentas

Pura anotación contable a favor de persona determinada de unas acciones, inscrito en un registro contable.

  • No existen documentos de las acciones.
  • La anotación contable no es provisional. Sustituye completamente al título.
  • Las acciones se transmiten mediante cargos y abonos en los registros.
  • La inscripción en el registro es constitutiva.
  • Entrega de certificados como documento probatorio.
  • El paso de representación de títulos valores a anotación en cuenta es irreversible.

Derechos Económicos y Políticos de los Accionistas

Derechos Económicos

  • Derecho a participar en las ganancias sociales: Derecho a participar en el beneficio que genera la actividad empresarial.
  • Derecho a la cuota de liquidación: Cuando la sociedad se disuelve y se abre un proceso de liquidación, es posible que quede un remanente para los socios tras haber pagado a los acreedores.
  • Derecho de suscripción preferente: Los antiguos socios gozan del derecho de suscribir o asumir las nuevas acciones o participaciones que se emitan.

Derechos Políticos

  • Derecho de asistencia y voto: Derecho de participación en la formación de la voluntad social. No se pueden transmitir con independencia de la condición de socio, aunque pueden ser ejercitados por un representante.
  • Derecho de información: Derecho a recibir información de la marcha de la sociedad, tanto antes como durante la celebración de la Junta General.
  • Derecho de impugnación de acuerdos sociales: Derecho a impugnar aquellos acuerdos que cuestionen la viabilidad jurídica de las decisiones adoptadas por la Junta General.

Clases de Acciones Según los Derechos Otorgados

  • Acciones sin voto: No tienen derecho al voto, pero tienen mejores condiciones económicas. Beneficio establecido en los estatutos o en la Junta General y derecho a cobrar la cuota de liquidación antes que los accionistas con derecho a voto. Son una alternativa para financiar la sociedad.
  • Acciones ordinarias: No son preferentes ni tienen ningún dividendo otorgado.
  • Acciones rescatables: Amortizables en un plazo y con unas condiciones determinados en el acuerdo de emisión.

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