Características, requisitos y tipos de contratos: Derecho Civil y Laboral

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Contrato

RAE: es el pacto, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre una materia o cosa determinada, ya cuyo cumplimiento pueden ser obligadas. CÓDIGO CIVIL: existe desde que 1 o varias personas consisten obligarse, respecto de otra/as, a dar alguna cosa o prestar algún servicio.

Características

  • Refleja claramente: objeto o finalidad del mismo.
  • Redactados de manera adecuada, lenguaje correcto, sencillo y entendible, y conciso y preciso =/ equívocas.
  • Legibles (entendible) tipo de letra y tamaño.
  • Aspectos importantes, tiene que ser fáciles de localizar en el documento/contrato (firma, nombre de las partes,..).
  • Contener TODA la información necesaria.
  • Firma por las dos partes.
  • Acuerdo con lo establecido por la LEY.

Código Civil

Establece requisitos, para validez contratos. (3 aspectos):

  1. Consentimiento: de los contratantes.
  2. Objeto: cierto para la materia del contrato.
  3. Causa: para la obligación que se establece.

Diferencia entre contratos civiles y mercantiles

Los mercantiles constituyen un acto de empresa y los civiles NO.

Requisitos de un contrato

  1. Nom del contracte ->objecte.
  2. Identificació dels contratans (subjectes o parts implicades).
  3. Obligacions de les parts.
  4. Lloc de la celebració.
  5. Data.
  6. Firma. Per últim:
  7. Causa (Raó pel qual es realitza el contracte),
  8. Clàusules (totes aquelles anotacións necessàries per a la correcta funció i definició del contracte).

Contrato de trabajo

Entendemos por al celebrarlo entre una persona que quiere trabajar (trabajador) y un empresario que quiere dar trabajo, por el tiempo y en la jornada laboral que acuerden.

Modificación

ET establece 3 casos por los cuales el empresario puede modificar el contrato de trabajo.

  • Movilidad funcional: obligado a desarrollar funciones distintas, pactadas en el contrato. /Auxiliar administrativo/.
  • Movilidad geográfica: es trasladado (definitiva o temportal) a otro centro de trabajo en una localidad distinta.
  • Modificación sustancial de las modificaciones de trabajo: cuando existan las cuasas probadas de tipo: organizativo, económico, técnico o de producción. El empresario podrá cambiar las condiciones de trabajo pactadas en el contrato.

Suspensión

Un esta suspendido cuando las partes contratantes dejan de tener la obligación de trabajar y de remunerar o pagar (empresario). Se produce una interrupción temporal de la prestación del trabajo, aunque el trabajador seguirá conservando su derecho a su puesto de trabajo (en idénticas o similares condiciones), en el momento que ya no exista la suspensión del contrato. CAUSAS: Mutuo acuerdo de las partes; Razones incluidas en el contrato; Incapacidad temporal del ; Maternidad o adopción; Cierre de empresa; Derecho a huelga; Suspensión de empleo y sueldo por razones disciplinarias; Fuerza mayor temporal; Por excedencia voluntaria; Por excedencia forzosa, Causas económicas técnicas, organizativas o de producción.

Extinción

Cuando se da por finalizado la relación laboral entre el trabajador y empresario de forma definitiva (contrato). Desde ese momento el trabajador deja de prestar sus servicios y el empresario de darle una remuneración o salario. Deberá firmar el documento -> finiquito, es cuando se produce la suspensión definitiva del contrato (que unía a las partes).

Contrato de compraventa

Es aquel que las 2 partes se ponen de acuerdo para intercambiar una cosa determinada por una cantidad equivalente de dinero, o algo que represente su valor.

Codigo Civil: Contrato bilateral se obliga vendedor a entregar objecto o servicio al comprador, a cambio de $.

Código comercio: será mercantil la C.venta de cosas muebles para REVENDER con ánimo de lucrarse en la venta.

Sujetos: Comprador (1.2.Pagament en el moment establert y preu contractat y vendedor.3.Recepció del bé) i vendedor (1.Lliurament del bé.2.Compliment dels terminis acordats.3.Respondre x posibles defectes (garantia)). -->Capacidad de obrar.

Tipos

  1. C de C.venta: especiales y electronicos.
  2. Aplazoa.
  3. Internacional de mercaderías.
  4. De suministro.
  5. De permuta.

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