Caso Práctico: Robo con Violencia e Intimidación en Casa Habitada (Tentativa)
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1. Delito de Robo con Violencia e Intimidación sobre las Personas
Podría apreciarse un delito de robo con violencia e intimidación sobre las personas en casa habitada del art. 242.2 CP en grado de tentativa, ya que los sujetos activos acuden al domicilio habitado provistos de armas con el objetivo de robar el dinero que en el mismo se contiene mediante violencia e intimidación, pero lo abandonan sin apoderamiento físico de objeto alguno. Es relevante mencionar que durante el transcurso de los acontecimientos mencionados, Luis ejerce violencia sobre Benito asestándole varios golpes con una barra de hierro en la cara. Del mismo modo, se debe hacer referencia al art. 237 CP, pues al tratarse de un delito de robo debe concurrir un elemento especial subjetivo, a saber, el ánimo de lucro, que en el presente caso queda reflejado con la intención de los sujetos activos de apoderarse del dinero escondido en la casa.
Asimismo, cabría aplicar la agravante establecida en el art. 242.3 CP por empleo de armas u otros objetos igualmente peligrosos, pues como se ha mencionado, los autores accedieron al domicilio provistos de los mismos.
Es del mismo modo relevante señalar que, en un primer momento, se podría apreciar que la huida es voluntaria por desistimiento y que, por consiguiente, no cabría hablar de tentativa, pues según el art. 16.1 CP, la falta de consumación del delito por desistimiento voluntario de los autores no da lugar ni siquiera a la punición de la tentativa. Sin embargo, es preciso refutar dicha conjetura afirmando que la huida sin el dinero no responde a un acto voluntario por desistimiento, pues los mismos no se arrepienten de la comisión del delito de robo, sino que, a raíz de circunstancias ajenas al objetivo de robo de los autores, como son la resistencia opuesta por parte de los sujetos pasivos, el fallecimiento de Benito y las lesiones causadas a Manuel, optan por huir del domicilio sin perpetrar el robo.
Ídem, debe traerse a colación el art. 242.1 CP, pues establece que los actos de violencia física que se ejecuten para cometer el delito de robo con violencia o intimidación serán castigados por los delitos a los que den lugar.
Conclusión
En conclusión, cabe imputar a los cuatro autores la comisión de un delito de robo con violencia e intimidación en grado de tentativa.