Circunscripciones y Distritos Electorales en España: Marco Territorial de las Elecciones

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El Marco Territorial de las Elecciones en España

1. Definición del Marco Territorial

En nuestra norma fundamental se establece el marco territorial de las elecciones al Congreso, donde la circunscripción electoral será la provincia, y que las poblaciones de Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas por un Diputado. En las Elecciones al Senado, en cada provincia se eligen 4 senadores. A efectos del ámbito territorial de dichas elecciones, cada isla o agrupación de ellas, con Cabildo o Consejo Insular, constituirá una circunscripción. Asimismo, Ceuta y Melilla se constituirán en unidades territoriales.

La Constitución Española, en el artículo 140, se refiere a las elecciones municipales en las que se elegirán a los concejales por los vecinos de la localidad, de modo que el marco territorial lo constituirá el municipio.

En las elecciones al Parlamento Europeo habrá una sola circunscripción que coincidirá con el territorio nacional. Del mismo modo, en las elecciones autonómicas la determinación de la organización territorial se contendrá en las leyes electorales autonómicas.

La delimitación del marco territorial de las elecciones origina importantes consecuencias:

  • La determinación de los límites territoriales afecta al carácter de la Asamblea.
  • La delimitación puede afectar a la suerte de los candidatos y de los partidos políticos.

2. Circunscripciones y Distritos Electorales

Se denomina circunscripción o distrito a la unidad electoral que contiene un determinado número de electores, generalmente agrupados por criterios territoriales, a partir de cuyos votos puede, mediante la aplicación de la fórmula electoral elegida en un determinado sistema electoral, procederse a la distribución de escaños parlamentarios o atribución de puestos de Concejal.

Se denominará circunscripción a la demarcación normalmente plurinominal, directamente vinculada con un sistema proporcional y con una distribución de base territorial administrativamente prefijada. Se reservará la denominación de distrito a las demarcaciones electorales uninominales que tienen como base un determinado número de electores y que se vinculan con los sistemas electorales mayoritarios.

Según la opinión de Torres del Moral, la creación de circunscripciones suele basarse en tres principios:

  • La igualdad del sufragio: el valor de cada voto, de manera que aboga por que todas las circunscripciones tengan el mismo número de habitantes por diputado.
  • La delimitación de las circunscripciones suele apoyarse en divisiones geográficas, administrativas o políticas preexistentes, como pueden ser las provincias, municipios, partidos judiciales, etc. Pero también pueden existir demarcaciones territoriales especialmente diseñadas para las elecciones, como ciertas agrupaciones de islas en el caso español.
  • La revisión periódica de los límites de las circunscripciones en función de los movimientos de la población.

Otro de los problemas que ha planteado la existencia de varias circunscripciones electorales en un mismo ámbito territorial es, para Carreras y Valles, que la representación parlamentaria que surge de aquellas se convierte en una representación territorial, cuando en realidad se debe representar a todo el Cuerpo Electoral.

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