Estado Civil: Capacidad Jurídica y Medios de Prueba
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Capacidad Jurídica
Capacidad de Goce
Es la aptitud para ser titular de derechos civiles. Se posee por el solo hecho de ser humano.
Capacidad de Ejercicio
Es la aptitud legal para ejercer efectivamente los derechos. Determina la eficacia de los actos jurídicos.
Características del Estado Civil
- Inherente a los seres humanos: Los animales y las cosas carecen de estado civil. No es objeto de comercio.
- Imperativo: No hay posibilidad de elección o cuestionamiento.
- Orden público: Inmodificable por acuerdo entre particulares.
- Oponible: Puede hacerse valer ante cualquier persona.
- Estable (no invariable): Se modifica solo si la ley lo autoriza.
- Único: Se tiene un solo estado civil en cada categoría, sin contradicciones.
Registro del Estado Civil
Repartición administrativa que ordena y reconoce los hechos que crean, modifican o extinguen el estado civil.
Utilidad del Registro
- Autenticidad de hechos, actos o sentencias.
- Medio de prueba.
- Información a terceros (ej: jueces, escribanos).
Libros del Registro
- Nacimiento
- Matrimonio
- Reconocimiento
- Defunción
- Adopción
Medios de Prueba del Estado Civil
Prueba Principal
El acta o partida del hecho, acto o sentencia. Se obtiene en la oficina correspondiente.
Pruebas Supletorios
(Cuando la prueba principal no existe o no se consigue)
Documentos Auténticos
Cualquier documento con validez oficial.
Testimonios
Declaraciones de quienes presenciaron el hecho o acto jurídico.
Posesión Notoria
Situación pública, clara y evidente. Requiere la concurrencia simultánea de:
Trato
Características sociales esperadas para el acontecimiento del estado civil.
Fama
Tratamiento público del hecho.
Tiempo
La ley establece 10 años, pero es relativo.