Clasificación Arancelaria y Nomenclatura de Mercancías en el Comercio Exterior

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Nomenclatura Combinada (NC)

La Nomenclatura Combinada se encuentra dividida en:

  • Disposiciones preliminares: reglas generales sobre la aplicación de derechos e integración de la nomenclatura.
  • Cuadro de derechos: tabla que recoge el código NC, describe la mercancía y recoge tipos de derechos y unidades suplementarias.
  • Anexos arancelarios: para productos de tratamiento especial.

También se divide en:

  • Secciones: clasifican según naturaleza y desarrollo tecnológico.
  • Capítulos: para facilitar búsquedas.
  • Partidas: mercancía general.
  • Subpartidas: dividen las partidas.
  • Subpartidas NC: derechos aduaneros de la Unión Europea de cada mercancía.
  • Normas interpretativas
  • Notas legales

Nomenclatura Arancelaria

Es la lista de nombres de la mercancía ordenados sistemáticamente para aplicar la tarifa oficial de la aduana. Debe cumplir con:

  • Estructura de la mercancía.
  • Uso de claves y códigos.
  • Simplificación de la designación de la mercancía.
  • Creación de un índice alfabético.

TARIC (Arancel Integrado de las Comunidades Europeas)

El TARIC toma la base de la Nomenclatura Combinada y añade un total de 14 dígitos:

  • Los 6 primeros corresponden al Sistema Armonizado.
  • Los 2 siguientes corresponden a la Nomenclatura Combinada.
  • Los dígitos 9 y 10 corresponden al TARIC.
  • Del 11 al 22 se estructuran en dígitos de 3 grupos de 4, para que correspondan a los 3 códigos de la Unión Europea.

Convenio del Sistema Armonizado (SA)

Entró en vigor en 1988. Es el sistema básico de clasificación arancelaria adaptable a cada país y anota secciones, capítulos, partidas y subpartidas; además de un anexo de reglas generales de interpretación.

La estructura consta de 6 dígitos:

  • Los 2 primeros corresponden a los capítulos.
  • Los 2 siguientes a las partidas.
  • Los 2 siguientes a las subpartidas.

También consta de 99 capítulos y 6 reglas de interpretación. Sus características principales son:

  • Usado directamente o como base para otras nomenclaturas.
  • Su origen es la combinación de CUCI y NCCA.
  • Es totalmente numérico.
  • Permite añadir nuevos grupos si hay nuevas mercancías.
  • El criterio de formación de los grupos responde a las características de la mercancía.

Información Arancelaria Vinculante (IAV)

La IAV es un documento que expiden las autoridades aduaneras, donde se indica una clasificación para las mercancías, válida en toda administración aduanera de la Comunidad Europea, señalando su número de referencia en el DUA (Documento Único Administrativo). Tiene una validez de unos 6 años.

  • El formulario IAV: para consultas vinculantes relacionadas con la clasificación arancelaria.
  • El formulario IVO: para consultas en materia de origen.

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