Clasificación de Bienes en el Derecho: Tipos y Características
Clasificado en Economía
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Clasificación de los Bienes
1. Corporales e Incorporales
Según el Artículo 656 del Código Civil, los bienes se clasifican en:
- Corporales: Se subdividen en muebles e inmuebles.
- Incorporales: Comprenden los derechos reales y personales. Los derechos reales pueden ser de goce y de garantía.
Cosificación: Los derechos son considerados cosas, según los artículos 576 (cosas incorporales como meros derechos), 582 (propiedad) y 583 (especie de propiedad sobre derechos).
2. Bienes Muebles e Inmuebles
- Muebles: Artículo 567. Se clasifican por naturaleza (567) y por anticipación (571).
- Inmuebles: Artículo 568. Se clasifican por naturaleza, adherencia (568, parte final) y destinación (570). También se distinguen entre inmuebles rústicos y no rústicos, urbanos y rurales.
3. Bienes de Producción y de Consumo
Esta clasificación distingue los bienes según su función económica.
4. Consumibles y No Consumibles
Artículo 575. Se refiere a si los bienes se extinguen o no con su primer uso.
5. Fungibles y No Fungibles
Se basa en la igualdad de hecho y el poder liberatorio. Existe una clasificación subjetiva donde los interesados atribuyen a las cosas igual valor económico y de uso, otorgándoles igual poder liberatorio.
6. Principales y Accesorios
Los bienes accesorios incluyen:
- Partes integrantes: Unidas a la cosa principal, carecen de individualidad (ej: partes de un reloj).
- Pertenencias: Muebles con individualidad propia, destinados al uso o cultivo de otro bien.
- Accesorios en sentido estricto: Cosas que, sin tener las características anteriores, se incluyen en un bien principal por voluntad de las partes.
7. Divisibles e Indivisibles
- Divisibilidad Natural: Todos los bienes son divisibles en principio.
- Divisibilidad Jurídica: Intelectual, fracción en partes ideales imaginarias.
- Divisibilidad Material: Fracción que mantiene la estructura y el valor.
8. Singulares y Universales
- Universalidades de Hecho: Conjunto de bienes que conservan su individualidad pero forman un todo al estar unidos por un vínculo. Características:
- Componentes de igual o distinta naturaleza (igual: colección; distinta: explotación).
- Los componentes conservan su individualidad.
- Vínculo común: un fin común.
- Solo comprende activos.
- Universalidades de Derecho: Conjunto de bienes y relaciones jurídicas (activas y pasivas) que jurídicamente forman un todo indivisible (ej: herencia). Características:
- Los activos responden por el pasivo existente o eventual.
- Contiene activos y pasivos.
- Opera el principio de subrogación real.
- La unidad es impuesta por ley. Es una unidad puramente jurídica.
9. Simples y Compuestos
- Simples: Estructura uniforme.
- Compuestos: Conformados por dos o más cosas simples unificadas. Pueden ser cosas compuestas (unidad física de componentes) o colectivas (unión económica o de destino).
10. Presentes y Futuros
Clasificación según su existencia en el tiempo.
11. Comerciables e Incomerciables
Se refiere a si los bienes pueden ser objeto de transacciones comerciales o no.
Apropiables e Inapropiables. Apropiados e Inapropiados, Inapropiables por particulares.
12. Nacionales y Privados
Se clasifican en públicos o nacionales (de uso público y fiscales) y privados.