Clasificación de Bienes y Derechos Reales en el Derecho Romano
Clasificado en Derecho
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Clasificación de las Cosas en el Derecho Romano
Res Mancipi y Res Nec Mancipi
- Res Mancipi: Cosas de gran importancia para la economía romana, como tierras en Italia, esclavos y animales de tiro y carga. Su transferencia solo podían realizarse mediante un acto formal, la mancipatio.
- Res Nec Mancipi: Bienes de menor importancia, como el dinero o bienes muebles comunes, cuya transmisión no requería formalidades.
Cosas Muebles e Inmuebles
En el derecho romano, las cosas se distinguían también por su movilidad:
- Muebles: Bienes que pueden trasladarse de un lugar a otro sin alterar su esencia.
- Inmuebles: Bienes que no pueden ser trasladados, como terrenos y edificaciones.
Cosas Fungibles y No Fungibles
- Fungibles: Bienes que pueden sustituirse por otros de la misma especie, cantidad y calidad (ejemplo: dinero, granos).
- No Fungibles: Bienes únicos o insustituibles (ejemplo: una obra de arte).
Cosas Divisibles y No Divisibles
- Divisibles: Aquellas que pueden fraccionarse sin perder su valor o función esencial (ejemplo: un terreno).
- No Divisibles: No pueden dividirse sin perder su esencia o utilidad (ejemplo: un animal).
Clasificación de Derechos Reales
Esquema General
- Derechos Reales Absolutos: La Propiedad.
- Derechos Reales Limitados (iura in re aliena):
- De uso y goce: Usufructo, Uso, Habitación, Servidumbres.
- De garantía: Prenda, Hipoteca.
Derechos Reales Absolutos
- Propiedad: Derecho completo y exclusivo sobre una cosa, que permite usar, disfrutar y disponer de ella.
Derechos Reales Limitados (iura in re aliena)
Ejemplos:
- Usufructo: Derecho a usar y disfrutar una cosa ajena sin alterar su esencia.
- Servidumbre: Derecho sobre un predio ajeno que beneficia a otro predio (ejemplo: paso, agua).
Acciones de Defensa de la Propiedad
- Reivindicatio: Acción que permite al propietario reclamar la cosa de quien la posee sin derecho.
- Actio Negatoria: Acción para rechazar perturbaciones o actos que limitan el derecho de propiedad.
La Posesión en el Derecho Romano
Defensa Procesal de la Posesión
- La posesión, aunque no confiere derecho de propiedad, se protege mediante interdictos posesorios para mantener el orden público y evitar despojos ilegítimos.
Diferencias con la Propiedad
- Posesión: Es el control o tenencia material de una cosa.
- Propiedad: Es el derecho pleno y exclusivo sobre la cosa.