Clasificación y Características Esenciales de los Contratos Laborales

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Clasificación de Contratos Laborales por Duración

Los contratos se clasifican en Indefinidos y Temporales.

Contratos Temporales Específicos

  • Contrato por Obra o Servicio Determinado

    Tiene por objeto la realización de una obra o servicio determinado, con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa, y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es de duración incierta.

  • Contrato Eventual por Circunstancias de la Producción

    Tiene por objeto hacer frente a un incremento cuantitativo de la actividad.

  • Contrato de Interinidad

    Tiene un doble objeto: sustituir a trabajadores con reserva de puesto de trabajo, o cubrir temporalmente un puesto mientras dura el proceso de selección.

Clasificación de Contratos Laborales por Duración de la Jornada

Contrato a Tiempo Parcial

Se obliga a trabajar un número de horas determinado inferior al de un trabajador a jornada completa. Debe celebrarse por escrito e incluir las horas a trabajar y su distribución. El trabajador a tiempo parcial tiene los mismos derechos que uno a jornada completa, y la elección del cambio de jornada es siempre voluntaria.

Horas Extras y Complementarias

No se pueden realizar horas extras, salvo para prevenir siniestros o daños urgentes. Sí se permite la existencia de un pacto de horas complementarias, nunca superiores al 15% de las horas pactadas.

Contrato Fijo Discontinuo

Una vez finalizada la temporada, los trabajadores liquidan los salarios y se inscriben en el paro. Si al año siguiente no se respeta el orden de llamamiento, puede considerarse despido.

Contratos Laborales Según su Finalidad: Modalidades Formativas

Contrato en Prácticas

Tiene por objeto la realización de un trabajo retribuido que facilite las prácticas profesionales adecuadas al nivel de estudios del trabajador.

  • Plazo de celebración: Debe celebrarse en los 5 años posteriores a la finalización de los estudios.
  • Duración: No puede ser inferior a 6 meses ni superior a 2 años.
  • Retribución: Fijada por convenio, sin que pueda ser inferior al 60% el primer año y al 75% el segundo año.
  • Formalización: Debe regularse por escrito.
  • Certificado: A su finalización, se entrega un certificado que conste la duración, el puesto de trabajo y las tareas realizadas.
  • Interrupciones: La duración del contrato no podrá interrumpirse ni en caso de incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento.
  • Resolución: Cualquiera de las partes puede resolver el contrato sin previo aviso, justificación ni derecho a indemnización.

Contrato para la Formación y el Aprendizaje

Su función es cualificar a trabajadores.

  • Edad: Dirigido a trabajadores entre 16 y 25 años (los discapacitados no precisan este requisito).
  • Requisito de titulación: El trabajador no puede tener la titulación requerida para el puesto.
  • Formalización: Se celebra por escrito.
  • Duración: Máxima de 2 años y mínima de 1 año.
  • Jornada: El tiempo de trabajo efectivo no puede ser superior al 75% de la jornada.
  • Certificado: A la finalización, se entrega un certificado de la formación técnica y el nivel de estudios adquirido.

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