Clasificación Detallada de los Tipos de Arbitraje en el Derecho

Clasificado en Derecho

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Clasificación Detallada de los Tipos de Arbitraje

El arbitraje, como mecanismo alternativo de resolución de conflictos, presenta diversas clasificaciones basadas en criterios fundamentales que definen su naturaleza, administración y alcance.

I. Según la Forma de Resolución del Laudo

Esta distinción se centra en el marco normativo que los árbitros deben aplicar para emitir su decisión final (el laudo).

Arbitraje en Derecho

  • Se fundamenta estrictamente en el ordenamiento jurídico aplicable: leyes, reglamentos y directivas vigentes.

Arbitraje en Equidad

  • Los árbitros resuelven el conflicto basándose en su leal saber y entender, aplicando las costumbres, los usos y el sentido común, más allá de la estricta aplicación legal.

Marco Legal: El artículo 34.1 de la Ley de Arbitraje (LA) establece el derecho como regla general, permitiendo la equidad solo si las partes así lo han acordado expresamente.

II. Según la Administración del Procedimiento

Esta clasificación atiende a si el procedimiento está gestionado por una entidad o si es creado específicamente para el caso.

Arbitraje Ad Hoc

  • Es creado específicamente para resolver el litigio concreto.
  • Se extingue una vez resuelto dicho conflicto.
  • Funciona de manera independiente, sin estar enmarcado dentro de una institución arbitral preexistente.

Arbitraje Institucional

  • Es gestionado y administrado por una institución especializada (ejemplos: Cámara de Comercio, Corte Internacional de Arbitraje, Tribunal Arbitral de Valencia).
  • Aunque son entidades de naturaleza privada, gestionan el procedimiento, facilitan cláusulas y ejercen cierto control sobre los árbitros.
  • Generalmente, no son servicios públicos y conllevan costes de gestión (no son gratuitos).

III. Según la Forma del Procedimiento

Arbitraje Ritual

  • Se caracteriza por seguir fases y etapas predeterminadas por la ley.
  • El cumplimiento estricto del procedimiento es obligatorio.
  • El laudo emitido tiene la consideración de título ejecutivo.

Arbitraje Irritual

  • Implica omitir o saltarse algunos pasos del procedimiento formalmente establecido.
  • Esta modalidad es menos común.
  • Generalmente, el laudo resultante no posee efectos vinculantes directos ni es considerado título ejecutivo por sí mismo.

IV. Según la Materia y Regulación Aplicable

Arbitraje General

  • Se rige por la normativa principal, como la Ley 60/2003, con sus posteriores modificaciones (ej. Ley 20/2011).

Arbitraje Especial

  • Se aplica a materias específicas con regulación propia:
  • Sistema Arbitral de Consumo (SAC): En España, es un sistema avanzado y gratuito para los consumidores. Su regulación principal se encuentra en un Real Decreto (RD) de 2008, no en una ley específica de arbitraje.
  • Arbitraje Laboral: Posee su propia legislación y procedimiento diferenciado.

V. Según el Ámbito Geográfico del Conflicto

Arbitraje Interno o Doméstico

  • El conflicto se desarrolla íntegramente dentro de las fronteras de un único Estado.

Arbitraje Internacional

  • Se identifica por la presencia de elementos de extranjería, tales como:
  • Partes con domicilios en Estados diferentes.
  • El lugar del arbitraje se sitúa fuera del Estado del domicilio de las partes.
  • El conflicto afecta al comercio internacional.

VI. Según el Lugar de Emisión del Laudo

Arbitraje Nacional

  • El laudo es dictado dentro del territorio nacional del Estado donde se tramita el procedimiento.

Arbitraje Extranjero

  • El laudo es dictado fuera del territorio español.
  • Para que tenga validez y pueda ejecutarse en España, requiere un procedimiento específico de reconocimiento y ejecución de resoluciones arbitrales extranjeras.

VII. Según la Intervención de las Partes

Arbitraje Convencional

  • Derivado de un acuerdo o acto inter vivos (entre partes vivas y presentes).

Arbitraje Testamentario

  • Relacionado con disputas que surgen a partir de un testamento dejado por una persona fallecida.
  • Aunque el testador no participa en el arbitraje, la controversia sobre su última voluntad se resuelve mediante este mecanismo si así se pactó o se requiere.

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