Clasificación y Garantías de los Derechos Fundamentales: Origen, Función y Tipos
Clasificado en Derecho
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Clasificación de los Derechos Fundamentales
En función de su origen
Es decir, el orden cronológico por el que se aprobaron:
- Primera generación: Fueron los primeros, son políticos y de libertad. Se aprueban para proteger a los ciudadanos del poder, civiles. Ejemplo: Libertad de expresión, a la vida privada...
- Segunda generación: Hacen referencia a los derechos sociales y económicos. Con estos buscamos incluso que el ciudadano tenga calidad de vida. Se pide a los poderes públicos que actúen. Ejemplo: Derecho al trabajo, a la vivienda, de asociación, educación...
- Tercera generación: Una vez cubiertos los primeros, mejoran todavía más la calidad de vida de los ciudadanos, también denominados de solidaridad. Culturales. Ejemplo: Derecho a la protección de datos (informática), medioambiental...
Puede haber mezcla en estos derechos, no son categorías cerradas.
En relación a la función que cumplen
- Derechos políticos: Su función es que los ciudadanos se desenvuelvan en el ámbito político. Ejemplo: Derecho al voto, soberanía.
- Derechos civiles: Protección del ser humano. Ejemplo: Derecho a la vida, a la libertad de expresión, seguridad...
- Derechos sociales: Permiten que los hombres se desenvuelvan dentro de la sociedad. Ejemplo: Derecho al trabajo, a la vivienda, a la propiedad privada...
Clasificación del profesor Gregorio Peces-Barba
- Derechos personalísimos: Son los que se refieren a la persona en sí misma.
- Derechos de sociedad, comunicación y participación: Aquellos referidos al individuo, pero en su dimensión social.
- Derechos políticos: Favorecen la participación de los ciudadanos en la participación del titular del derecho de la formación estatal, configuración de los poderes y órganos públicos.
- Derechos de seguridad jurídica: Se diferencian de los políticos en que no tienen por objeto la participación del ciudadano en el poder, sino la protección de los individuos de la manifestación del poder.
- Derechos económico-sociales y culturales: Protegen al individuo en su dimensión económica o cultural.
Garantías de los Derechos Fundamentales
Los derechos, en realidad, valen lo que valen sus garantías. Incluso, aunque un derecho esté reconocido, si no está garantizado su ejercicio real, no podemos hablar de derechos. Tipos de garantías:
- Garantías o condiciones generales: Condiciones políticas, económicas y sociales en las cuales se apoyan los derechos fundamentales. Los derechos están mejor garantizados en un Estado democrático, de derecho.
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Garantías o condiciones específicas: Normativas jurisdiccionales e institucionales.
- Institucionales: Instituciones a las que se les encomienda la defensa de los derechos. Ejemplo: Defensor del Pueblo.
- Jurisdiccionales: Tutela o defensa de los derechos fundamentales por parte de jueces y tribunales.
- Garantías o condiciones normativas: En el ordenamiento existen leyes o normas específicas que garantizan el cumplimiento de los derechos.