Clasificación y Requisitos del Empleo Público en España
Clasificado en Derecho
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Los empleados públicos son los trabajadores que desempeñan sus funciones en la Administración Pública. Existen varios tipos:
Funcionarios de Carrera
Son trabajadores de la Administración Pública que han superado un proceso de selección especial. Los procesos de selección pueden ser de dos tipos:
Oposición
En este proceso, los candidatos realizan una o varias pruebas, y la selección se basa en la clasificación obtenida en ellas.
Concurso-Oposición
En este proceso, además de realizar una o varias pruebas, se valoran distintos méritos de los candidatos. Los seleccionados son aquellos que obtienen la mejor puntuación combinando pruebas y méritos. Suele existir un periodo de prácticas para los candidatos seleccionados.
Tras superar el proceso de selección, se publica el nombramiento legal de los funcionarios en el BOE o BO correspondiente. Los funcionarios de carrera son nombrados para desarrollar sus tareas con carácter permanente.
Funcionarios Interinos
Son trabajadores de la Administración Pública que desempeñan las mismas tareas que los funcionarios de carrera, pero cubren plazas vacantes que no es posible cubrir con funcionarios de carrera o sustituyen temporalmente a funcionarios de carrera en sus puestos.
La relación entre la Administración Pública y los funcionarios de carrera e interinos está regulada por el Estatuto Básico del Empleado Público. No se les aplica el Estatuto de los Trabajadores.
Personal Laboral
Son trabajadores de la Administración Pública contratados mediante un contrato laboral, como cualquier otro trabajador. No tienen la condición de funcionario. El contrato puede ser indefinido o temporal. Al personal laboral se le aplica el Estatuto de los Trabajadores.
Personal Eventual
Son trabajadores que trabajan para la Administración y son nombrados por confianza o asesoramiento. Solo cubren puestos muy especiales. Su nombramiento y cese son libres y los realiza la autoridad de la que dependen. Se publica en el BOE o BO correspondiente. Al personal eventual se le aplica la legislación aplicable a los funcionarios de carrera (Ej. Puestos de consejeros).
La Oferta de Empleo Público
Es la oferta de puestos de trabajo que realiza la Administración. Se especifican los puestos de trabajo que se necesitan cubrir y el número de trabajadores necesarios para cada uno de ellos.
- La realiza cada Administración por separado.
- Se realiza cada año.
- Debe hacerse pública, publicándose en el BOE o BO correspondiente.
Requisitos para ser Funcionario
- Tener la nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Unión Europea. También existen otros países con los que hay convenio sobre libertad de circulación de trabajadores y que no pertenecen a la U.E.
- Tener capacidad física y psíquica que permita la realización del puesto de trabajo.
- No tener menos de 16 años ni más de 67.
- Tener la titulación académica exigida para cada puesto.
- No haber sido sancionado con la expulsión de la Administración o con la inhabilitación para cargo público.
Cómo se puede perder la condición de funcionario
- Perder la nacionalidad española o de cualquier país de la U.E.
- Renuncia al puesto de funcionario de forma voluntaria y por escrito. Podría volver a incorporarse al cuerpo de funcionarios realizando de nuevo el proceso de selección.
- Jubilación total.
- Separación del servicio: Sanción de expulsión de la Administración por cometer una falta muy grave en sus funciones.
- Por sentencia de inhabilitación para cargo público: prohibición de ejercer cualquier cargo público por haber cometido un delito que impida el poder confiar en él.