Claves sobre Patentes de Invención: Protección, Requisitos y Derechos
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Patentes de Invención
Fines del Sistema de Invenciones
- Proteger la creación intelectual del inventor.
- Recompensar al inventor por su trabajo socialmente útil.
- Estimular las actividades de invención, inversión e innovación de la economía.
- Fomentar la divulgación y extensión del saber técnico.
Titularidad
- El derecho corresponde, en principio, al inventor y sus causahabientes.
- Se contempla la acción reivindicatoria y, si prescribe, la acción de nulidad.
Concurrencia de inventores:
- Si varios inventores han trabajado conjuntamente: se establece una cotitularidad.
- Si varios inventores han trabajado por separado: se concederá a quien primero solicite la patente.
Requisitos de Patentabilidad
Solo pueden patentarse las invenciones industriales.
Requisitos Positivos
- Novedad: Cuando la invención es nueva respecto del estado de la técnica.
- Actividad inventiva: No debe deducirse fácilmente del conjunto de conocimientos técnicos existentes.
- Aplicación industrial: Si resulta ejecutable o repetible alcanzando el resultado previsto de forma regular.
Requisitos Negativos (Exclusiones de Patentabilidad)
- Descubrimientos científicos y métodos matemáticos.
- Obras artísticas.
- Métodos de tratamiento quirúrgico o terapéutico del cuerpo humano o animal, ni métodos de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal.
- Invenciones cuya explotación comercial sea contraria al orden público o a las buenas costumbres (p. ej., procedimientos de clonación de seres humanos).
- Las variedades vegetales y las razas animales.
- Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o animales.
- El cuerpo humano, en los diferentes estadios de su constitución y desarrollo.
Contenido de la Patente
- Vertiente positiva: Poder explotar la invención en exclusiva.
- Vertiente negativa: Poder impedir que terceros exploten, comercialicen o introduzcan en el país productos objeto de la patente sin autorización.
La patente tiene un contenido patrimonial:
- Es un derecho de monopolio, temporal y territorialmente limitado, contrario en principio a la libre competencia, que el ordenamiento reconoce como justa compensación al inventor por su contribución al avance tecnológico.
Obligaciones del titular:
- Explotarla: Directamente por el titular o a través de persona autorizada.
- Pagar las tasas anuales para mantenerla en vigor.
Derechos del titular:
- Transmitirla: Puede ser vendida, cedida, etc.
- Licenciarla: Se autoriza a un tercero el derecho a explotarla, manteniendo el titular la propiedad de la patente.
Duración
20 años improrrogables, contados desde la fecha de presentación de la solicitud.
Límites al Derecho de Patente
- Actos realizados en un ámbito privado y con fines no comerciales.
- Actos realizados con fines experimentales que se refieran al objeto de la invención patentada.
- La preparación de medicamentos realizada en farmacias extemporáneamente y por unidad en ejecución de una receta médica.
- El uso del objeto de la invención patentada a bordo de buques de países de la Unión de París o de la OMC, en el cuerpo del buque, en las máquinas, etc., cuando entren temporal o accidentalmente en aguas españolas.
- Quienes con anterioridad a la fecha de prioridad de la patente y de buena fe, estuvieran explotando en España el objeto de la invención o hubieran hecho preparativos serios y efectivos para ello (derecho de uso previo personal).
- Agotamiento del derecho: El titular no puede impedir los actos relativos a un producto protegido por la patente después de que dicho producto haya sido puesto en el comercio en el Espacio Económico Europeo por el titular o con su consentimiento.
Acciones del Titular de la Patente
En caso de violación del derecho de patente, el titular podrá ejercitar las siguientes acciones:
- Cesación de los actos que violen su derecho.
- Indemnización de los daños y perjuicios sufridos.
- Embargo de los objetos producidos o importados con violación de su derecho y de los medios exclusivamente destinados a tal producción o importación.
- Atribución en propiedad de los objetos o medios embargados.
- Adopción de las medidas necesarias para evitar que prosiga la violación de la patente.
- Publicación de la sentencia condenatoria a costa del infractor.
Acciones contra el Titular de la Patente
Nulidad
La patente puede ser declarada nula cuando:
- No se cumpla alguno de los requisitos de patentabilidad (novedad, actividad inventiva, aplicación industrial).
- No describa la invención de forma suficientemente clara y completa para que un experto en la materia pueda ejecutarla.
- Su objeto exceda del contenido de la solicitud de patente tal como fue presentada.
- El titular de la patente no tuviera derecho a obtenerla (p. ej., no ser el inventor ni su causahabiente).
Caducidad
La patente caduca por:
- Expiración del plazo legal (20 años).
- Renuncia del titular.
- Falta de explotación suficiente o justificada (aunque la legislación actual puede variar en este punto, tradicionalmente era una causa).
- Falta de pago de una anualidad o tasa.
Nota: Su distribución está prohibida.