Claves de la Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y Obligaciones
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Derechos y Obligaciones en la Prevención de Riesgos Laborales
Derechos del trabajador
Todo trabajador tiene derecho a:
- Recibir información sobre los riesgos y las medidas preventivas relacionadas con su trabajo.
- Recibir información sobre el plan de emergencia.
- La vigilancia periódica de su salud.
- La participación en la empresa a través de los canales existentes.
- Interrumpir la actividad laboral en caso de peligro grave e inminente.
- Recibir los equipos de protección individual (EPI) necesarios.
Obligaciones del trabajador
Las obligaciones del trabajador incluyen:
- Utilizar adecuadamente los medios y equipos de protección, así como las máquinas, aparatos, sustancias peligrosas y equipos de transporte.
- No desactivar los dispositivos de seguridad y utilizarlos correctamente.
- Informar de cualquier situación de riesgo al empresario o al delegado de prevención.
- Contribuir al cumplimiento de las obligaciones sobre salud y seguridad.
- Cooperar con el empresario para garantizar unas condiciones de trabajo seguras.
Obligaciones del empresario
El empresario debe:
- Garantizar la seguridad y la salud del trabajador en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
- Integrar una actitud preventiva ante cualquier riesgo o indicio de él.
- Cumplir con la normativa vigente en materia de prevención.
- Asumir el coste de los materiales y la formación de sus trabajadores.
- Proporcionar equipos de trabajo y medidas de protección para garantizar la seguridad de sus trabajadores.
- Mantener actualizada la documentación relativa a la normativa de Prevención de Riesgos Laborales (PRL).
Protección de Colectivos Sensibles
Se debe garantizar la protección de los colectivos más sensibles:
- Trabajadores sensibles a riesgos determinados: Aquellos cuyo estado biológico los hace especialmente vulnerables.
- Trabajadoras embarazadas o en período de lactancia: Si un médico certifica un peligro, se deberá adaptar su puesto de trabajo o proceder a una baja.
- Menores de edad: Se deben evaluar los riesgos específicos, prever más descansos y una jornada laboral potencialmente reducida.
- Trabajadores de Empresas de Trabajo Temporal (ETT): Deben recibir el mismo nivel e importancia de protección que los trabajadores internos.
Fases y Estructura de la Prevención
Fases de la acción preventiva
- Fase previa: Calificar y programar la prevención, lo que implica detectar problemas y riesgos para poder solucionarlos.
- Ordenación de medidas: Establecer un orden de prioridad para las medidas preventivas, considerando el número de trabajadores expuestos y la probabilidad del riesgo.
- Planificación: Planificar las actividades preventivas y concretarlas mediante medidas específicas. Esto incluye la descripción, el procedimiento, el calendario, los plazos, las responsabilidades y los recursos humanos necesarios.
- Ejecución: Llevar a cabo las actividades preventivas básicas. Las específicas se establecen en programas concretos.
- Evaluación: Evaluar los programas, su estructura y los resultados obtenidos.
Estructura del Plan de Prevención
La política preventiva es una declaración de principios y compromisos que deben regir en una empresa, orientados a mejorar las condiciones de seguridad y salud de los trabajadores.
El Plan de Emergencia
Es el procedimiento para afrontar situaciones de riesgo y emergencia, según el artículo 20 de la LPRL 31/1995, que obliga al empresario a prevenir un riesgo y a establecer un método de actuación en caso de emergencia. Antes de su elaboración, se deben adoptar medidas para evitar situaciones peligrosas. El plan debe contemplar:
- Evacuación
- Confinamiento
- Alarma
- Punto de reunión interior y exterior