Claves de la Prevención de Riesgos Laborales: Planes y Protocolos Esenciales
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Plan de Prevención de Riesgos Laborales
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales debe ser aprobado por la dirección de la empresa, asumido por toda su estructura organizativa y conocido por sus trabajadores. Este debe reflejarse en un documento que estará a disposición de la autoridad laboral, las autoridades sanitarias y los representantes de los trabajadores.
Elementos del Plan de Prevención
- Identificación de la empresa.
- Estructura de la producción.
- Estructura organizativa de la empresa.
- Organización de la producción.
- Organización de la prevención en la empresa.
- Política, objetivos y metas en materia preventiva.
Delegados de Prevención
Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores en la empresa con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales.
El Plan de Autoprotección
Es el documento que recoge la identificación para la prevención y el control de riesgos, así como el protocolo de actuación en caso de emergencia.
Plan de Actuación ante Emergencias
Constituye un apartado básico del Plan de Autoprotección. Es el conjunto ordenado de acciones realizadas por el personal del centro de trabajo ante una emergencia, con el objetivo de minimizar en lo posible los daños al personal, a las instalaciones y, si es el caso, a los clientes.
Plan de Evacuación
Es el documento que recoge las instrucciones, las vías de salida y el punto de reunión de los trabajadores en caso de evacuación del centro de trabajo.
Contenido del Plan de Evacuación
El Plan de Evacuación se pondrá en marcha cuando el jefe de emergencia ordene la evacuación de la empresa y debe contener e indicar lo siguiente:
- Equipo de evacuación: Personal designado para coordinar la salida.
- Vías de evacuación: Rutas seguras y señalizadas hacia el exterior.
- Punto de reunión: Lugar seguro preestablecido fuera de las instalaciones.
- Centro de comunicaciones: Punto desde donde se gestiona la emergencia.
Evaluación de Riesgos
Es el proceso que estima la magnitud de los riesgos que no han podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario adopte las medidas preventivas oportunas y priorice su puesta en marcha.
Revisión de la Evaluación de Riesgos
La reglamentación establece que la evaluación de riesgos se realizará y revisará obligatoriamente cuando:
- Se introduzca algún cambio en las condiciones de trabajo.
- Se produzcan daños a la salud de los trabajadores.
- Cuando legalmente exista establecida una periodicidad de evaluación para determinados riesgos (por ejemplo, en casos de exposición a ruido).