Claves de la Relación Laboral y Contratación en España: Elementos, Tipos y Normativa
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Fundamentos de la Relación Laboral
1. Ejemplo de Relación Laboral y sus Características
Pregunta: Pon en tu cuaderno un ejemplo de relación laboral y explica cómo se manifiestan en ella cada uno de los cuatro elementos o características propias de esta. ¿Qué normativa se les aplica a las relaciones laborales?
Respuesta:
Ejemplo: Mozo de almacén
Los cuatro elementos o características se manifiestan de la siguiente manera:
- Voluntariedad: La persona firma un contrato libremente.
- Ajenidad: Todos los beneficios generados por el trabajo pertenecen al empresario.
- Dependencia: El trabajo se realiza bajo el poder de organización y dirección del empresario.
- Remuneración: El trabajador recibe una compensación económica (salario) a cambio de su trabajo.
Normativa aplicable: A las relaciones laborales se les aplica la normativa contenida en el Estatuto de los Trabajadores y el resto de la legislación laboral vigente.
2. Sujetos de la Relación Laboral
Pregunta: ¿Cuáles son los sujetos de una relación laboral según la legislación española?
Respuesta: El trabajador y el empresario.
3. Elementos Esenciales del Contrato de Trabajo
Pregunta: ¿Cuáles son los elementos esenciales del contrato de trabajo?
Respuesta: Objeto, causa y consentimiento.
4. Contratos de Formalización Escrita Obligatoria
Pregunta: ¿Qué contratos deben constar por escrito obligatoriamente?
Respuesta: Deben constar por escrito obligatoriamente los siguientes contratos:
- Contratos formativos.
- Contratos a tiempo parcial.
- Contratos fijos-discontinuos.
- Contratos de relevo.
- Contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas.
- Contratos de los pescadores.
- Contratos de trabajo a distancia.
- Contratos de trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero.
- Cualquier otro contrato cuando así lo exija una disposición legal.
Modalidades Contractuales y Aspectos Legales
1. Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional
Planteamiento: Un pequeño empresario, cliente de nuestra gestoría, nos plantea las siguientes preguntas en relación con el contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios:
a) ¿Con qué trabajadores puede celebrarse?
Respuesta: Puede celebrarse con trabajadores que posean un título universitario, o un título de formación profesional de grado medio o superior (o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional). Es un requisito que no hayan transcurrido más de tres años (o cinco años, si el contrato se concierta con una persona con discapacidad) desde la finalización de los estudios correspondientes.
b) ¿Cuál es su duración mínima y máxima?
Respuesta: La duración mínima es de seis meses y la máxima de un año.
c) ¿Qué establece la normativa en cuanto a su retribución? ¿Y en cuanto a su forma?
Respuesta:
- Retribución: La establecida en el convenio colectivo para estos contratos o, en su defecto, la del grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas. En ningún caso podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
- Forma: Deberá formalizarse por escrito obligatoriamente.
d) ¿Es legal establecer un periodo de prueba en este tipo de contrato?
Respuesta: Sí, es legal. Se puede establecer un periodo de prueba que no podrá exceder de un mes, salvo lo dispuesto en convenio colectivo.
2. Presunción de Contrato Indefinido
Pregunta: ¿Cuáles son las situaciones que determinan que un contrato sea considerado o se presuma indefinido? ¿Para qué sirven este tipo de presunciones?
Respuesta:
Un contrato se presume indefinido en las siguientes situaciones:
- Cuando no se hayan formalizado por escrito, en los casos en que esta forma sea legalmente exigible.
- Cuando se hayan celebrado en fraude de ley.
- Cuando los trabajadores no hubieran sido dados de alta en la Seguridad Social.
Este tipo de presunciones sirven para proteger a los trabajadores y para obligar a los empresarios a cumplir con la normativa laboral, garantizando la estabilidad en el empleo y evitando abusos en la contratación temporal.