CODEPU: Promoción y Defensa de los Derechos Humanos en Chile

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La Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (CODEPU) es una organización no gubernamental (ONG) chilena dedicada a la promoción y defensa de los derechos humanos.

Origen y Labor de CODEPU

CODEPU fue fundada por un grupo de personas comprometidas con la defensa de los derechos humanos durante la dictadura militar del general Augusto Pinochet. La organización trabajó en las poblaciones, educando y capacitando a las personas para resistir la opresión y promover el retorno a la democracia. CODEPU enfrentó persecuciones, allanamientos y la trágica pérdida de uno de sus líderes, Patricio Sobarzo, asesinado en 1984.

Comparación entre la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Constitución Chilena

La labor de CODEPU se basa en principios fundamentales de derechos humanos. A continuación, se presenta una comparación entre la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Constitución Chilena en relación a algunos derechos esenciales:

Declaración Universal de Derechos HumanosConstitución Chilena
Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 19, N° 1

El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 19, N° 2

La igualdad ante la ley. En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres y mujeres son iguales ante la ley.

Artículo 20

(1) Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
(2) Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 19, N° 13

El derecho a reunirse pacíficamente sin permiso previo y sin armas.

Las reuniones en las plazas, calles y demás lugares de uso público, se regirán por las disposiciones generales de policía.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19, N° 6

La libertad de conciencia, la manifestación de todas las creencias y el ejercicio libre de todos los cultos que no se opongan a la moral, a las buenas costumbres o al orden público.

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