La Codificación Jurídica en Europa: Orígenes y Vínculo con el Constitucionalismo
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El Proceso de Codificación Jurídica en Europa
3. Inicio de la Codificación en Europa
La codificación, aplicada a cuatro sectores jurídicos fundamentales —civil, mercantil, penal y procesal—, emergió en la Europa del siglo XVIII en regiones como Baviera, Prusia y Austria, y se hizo notable en los territorios italianos de Toscana y Lombardía. En el siglo XIX, Francia se sumó a este movimiento. Es importante destacar que los textos legales de aquellos países, a excepción de Francia, fueron elaborados en el seno del Antiguo Régimen.
La codificación francesa, por su parte, no estuvo ligada al absolutismo ilustrado, sino que fue resultado directo del triunfo de la soberanía popular y de la influencia de la figura de Napoleón. La promulgación en Francia de códigos como el de Comercio y el Penal convirtió a este país, en pocos años, en el líder de la nueva codificación burguesa a nivel mundial. El Código Civil francés, en particular, sirvió como modelo principal, y a menudo literal, para los códigos elaborados por otras naciones durante el siglo XIX. Posteriormente, los grandes códigos germánicos ofrecieron una alternativa ideológica y técnica significativa al texto francés.
4. Constitucionalismo y Codificación
Las Declaraciones de Derechos del Hombre, las Constituciones y los Códigos fueron, en esencia, productos del mismo espíritu transformador que redefinió el panorama jurídico de Occidente. Constituciones y Códigos responden a un idéntico impulso racionalizador, uniformista e igualitario. En este sentido, las Constituciones podrían considerarse códigos políticos, al igual que los demás lo fueron en materias civil, mercantil, penal o procesal.
Sin embargo, no parece que Constituciones y Códigos constituyan obras jurídicas sustantivamente afines. Los textos constitucionales suelen anunciar el advenimiento de los códigos, lo cual denota el rango primordial de los primeros frente al carácter complementario de los segundos. Además, la mayor complejidad de los códigos les confiere una mayor resistencia en el tiempo, ya que cualquier convulsión pública podrá llevar a la reforma o sustitución de la Constitución. Es distinto incluir algunos elementos en una Constitución de un centenar de artículos que rehacer todo el Código Civil según se tenga una concepción liberal o socialista.