Comité Paritario de Higiene y Seguridad: Funcionamiento y Obligaciones en Chile

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¿Cuándo una empresa debe tener Comité Paritario?

Toda empresa que emplee a más de 25 trabajadores debe contar con un Comité Paritario de Higiene y Seguridad.


¿Qué es el Comité Paritario de Higiene y Seguridad?

Es un equipo de trabajo conformado por representantes de la dirección y de los trabajadores, cuyo propósito es encontrar soluciones y mejoras efectivas en los ámbitos de:

  • Protección de las personas
  • Seguridad de la empresa


¿Quiénes integran el Comité Paritario?

  • 3 representantes titulares designados por la empresa.
  • 3 representantes titulares elegidos por los trabajadores.


¿Cómo se designan los representantes de la empresa?

La empresa designa 3 titulares y 3 suplentes.


¿Cómo se eligen los representantes de los trabajadores?

  1. Se inscriben los interesados en participar.
  2. Se eligen por votación secreta y directa.
  3. De los resultados:
    1. Titulares: los 3 con más votos.
    2. Suplentes: los 3 que siguen.

En caso de empate, se dirimirá por sorteo.


¿Qué requisitos deben tener los representantes de los trabajadores?

  • Tener 18 años.
  • Saber leer y escribir.
  • Haber trabajado en la empresa por al menos un año.
  • Haber asistido a un curso de orientación de prevención de riesgos.


¿Cómo se constituye el Comité Paritario?

Una vez designados los miembros, se define entre los 6 titulares quién será el presidente y el secretario. Finalmente, se formaliza levantando un acta que se adjunta a una carta, la cual se enviará por correo certificado o en forma personal a la Inspección del Trabajo.


¿Cómo funciona el Comité Paritario?

Existen 3 instancias:

  1. Reuniones ordinarias: una vez al mes.
  2. Reuniones extraordinarias: cuando la situación lo amerite.
  3. En caso de accidentes de trabajo graves: cada vez que en la empresa ocurra un accidente que cause la muerte de un trabajador o que, a juicio del presidente, le pudiera generar una disminución permanente de su capacidad de ganancia superior al 40%.

Se dejará constancia de lo tratado en cada reunión.


¿Cuánto tiempo duran en función los miembros del Comité?

Duran 2 años, pudiendo ser reelegidos. Sin embargo, cesarán en sus cargos los miembros que:

  • Dejen de prestar servicios a la empresa.
  • No asistan a 2 sesiones consecutivas.

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