El comodato: derechos, obligaciones y acciones
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Cuando el comodatario puede negar la restitución
Casos en los que el comodatario puede negar la restitución
- Cuando la cosa se retenga para asegurar el pago de las indemnizaciones que el comodante le deba
- Cuando la cosa prestada se embargue judicialmente
- Cuando la cosa prestada haya sido perdida, hurtada o robada
- Cuando sean armas
- Cuando el comodante ha perdido la razón y carece de curador
- Cuando el comodatario descubre que es el verdadero dueño de la cosa
A quién se le hace la restitución
Al comodante o a la persona que tenga derecho a recibir la cosa a nombre del comodante o al incapaz que la prestó la cosa cuando usaba la misma con permiso del representante legal.
Acciones para pedir la restitución
Una acción personal, dirigida contra el comodatario, que nace del contrato y solo se establece contra el comodatario y sus herederos. Una acción reivindicatoria cuando la cosa salió de las manos del comodatario y está en poder de terceros. El comodato no puede compensarse, el comodatario no puede negarse a restituir la cosa.
Obligaciones del comodante
Las obligaciones del comodante son eventuales y nacen después de celebrado el contrato. La obligación del comodante de pagar las expensas de conservación de la cosa. Para que se paguen dichos gastos se requiere que las expensas no sean ordinarias de conservación, pues en tal caso son de cargo del comodatario, por ejemplo, alimentar al caballo. Las expensas extraordinarias, necesarias y urgentes, el comodante deberá reembolsar al comodatario aunque se hayan hecho sin informar o consultar al comodante.
Indemnización al comodatario
Por la mala condición de la cosa; mala calidad, debiendo reunir 3 requisitos: que sea de tal naturaleza que haya ocasionado perjuicios, que el comodante la hubiere conocido y no declarado, y que el comodatario no haya podido con el cuidado mediano.
Derecho a retención del comodatario
Derecho a retener la cosa recibida en préstamo en caso que el comodante no satisfaga las obligaciones que eventualmente le puede imponer el contrato. Cesará este derecho de retención cuando el comodante caucione el pago de las indemnizaciones que adeude al comodatario.
En el caso que sean varios comodatarios solidariamente responsables de las indemnizaciones que se deban al comodante por los daños causados a la cosa o de la obligación de pagar el valor, siendo su obligación principal restituir es indivisible.
Transmisibilidad de derechos y obligaciones de las partes
Por regla general, los derechos y obligaciones pasan a los herederos.
Comodato precario y el precario
Por regla general, el comodante no puede restituir de la cosa antes de que expire el plazo convenido o antes que termine el uso para el cual se prestó la cosa. Cuando el comodante puede en cualquier tiempo pedir la restitución de la cosa, el comodato recibe la denominación de comodato precario. Precario cuando la persona tiene la tenencia de una cosa ajena sin mediar título, sin haber celebrado ningún contrato de comodato o cualquiera otro que lo faculte para retener la cosa, es una simple situación de hecho con absoluta ausencia de todo vínculo jurídico entre dueño y tenedor de la cosa, una tenencia meramente sufrida, emitida, tolerada o ignorada sin fundamento jurídico relevante, distinto del comodato donde hay un contrato.