Competencias del Estado y plataforma continental en el Derecho del Mar

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Resumen

El texto explica las competencias y la jurisdicción exclusiva del Estado ribereño en el mar, así como las libertades que se respetan pese a su soberanía limitada. Después define la plataforma continental y detalla cómo se delimitan sus límites inferior y superior, incluyendo las distancias máximas permitidas.

Puntos clave

  • El Estado ribereño tiene competencia exclusiva para hacer cumplir la legislación sobre conservación, exploración y explotación de recursos naturales y protección del medio marino.
  • Sus facultades incluyen el derecho de visita, inspección, apresamiento e incoación de procedimientos administrativos y judiciales.
  • La soberanía limitada respeta la libertad de navegación, la libertad de sobrevuelo y el tendido de cables y tuberías submarinas.
  • En la zona exclusiva rige la libertad de navegación, condicionada por las competencias del Estado ribereño en seguridad y protección del medio ambiente marino.
  • La plataforma continental es el lecho y subsuelo submarino más allá del mar territorial, donde el Estado ejerce derechos soberanos para explorar y explotar recursos naturales.
  • El límite inferior de la plataforma coincide con el exterior del mar territorial, es decir, doce millas.
  • El límite exterior no puede exceder de 350 millas desde las líneas de base, ni de 100 millas desde la isóbata de 2.500 metros.

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Competencias y Jurisdicción del Estado

Por otro lado, el Estado tiene competencia y jurisdicción exclusiva para:

  • Hacer cumplir la legislación sobre la materia, imponiendo sanciones o ejerciendo el derecho de visita, inspección, apresamiento e incoación de procedimientos administrativos y judiciales para asegurar el cumplimiento de las disposiciones sobre conservación, exploración y explotación de los recursos naturales y la protección del medio marino.

Manifestaciones de la Soberanía Limitada

Por último, la soberanía limitada se manifiesta en el respeto a las siguientes libertades:

  • Libertad de navegación.
  • Libertad de sobrevuelo.
  • Tendido de cables y tuberías submarinas.

En la zona exclusiva, al igual que en alta mar, rige el principio de libertad de navegación. Sin embargo, esta se encuentra condicionada por las competencias del Estado ribereño en materia de seguridad de la navegación y protección del medio ambiente marino.

La Plataforma Continental

Concepto

Se puede definir como el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá del mar territorial y a lo largo de la prolongación del territorio hasta el borde exterior del margen continental, o hasta la distancia de doscientas millas, donde el Estado ribereño ejerce derechos soberanos limitados a la exploración y explotación de los recursos naturales.

Límites

La delimitación de la plataforma continental presenta cierta complejidad. El límite inferior coincide con el límite exterior del mar territorial (las doce millas desde la bajamar escorada o desde las líneas de base recta).

El límite superior llega hasta el borde exterior del margen continental o hasta una distancia de doscientas millas marinas contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial, en los casos en que el borde exterior no alcance dicha distancia.

En ningún caso puede exceder de:

  • Trescientas cincuenta millas, contadas desde las líneas de base a partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.
  • Cien millas marinas, contadas desde la isóbata de dos mil quinientos metros (línea que une profundidades de esa magnitud).

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Preguntas frecuentes

¿Hasta dónde llega la plataforma continental?

El límite superior llega hasta el borde exterior del margen continental o hasta 200 millas marinas desde las líneas de base, cuando el borde no alcanza esa distancia. En ningún caso puede exceder de 350 millas desde las líneas de base ni de 100 millas desde la isóbata de 2.500 metros.

¿Qué derechos tiene el Estado ribereño sobre la plataforma continental?

Ejerce derechos soberanos limitados a la exploración y explotación de los recursos naturales de la plataforma. El texto no detalla otros derechos.

¿Qué libertades se respetan en la zona exclusiva?

Rige la libertad de navegación, aunque condicionada por las competencias del Estado ribereño en materia de seguridad de la navegación y protección del medio ambiente marino. El texto también menciona la libertad de sobrevuelo y el tendido de cables y tuberías submarinas.

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Test

1. ¿Cuál es el límite inferior de la plataforma continental según el texto?
2. ¿Qué distancia máxima establece el texto desde las líneas de base para el límite exterior de la plataforma?
3. ¿Qué libertad se mantiene en la zona exclusiva igual que en alta mar?
4. ¿Qué facultad tiene el Estado ribereño para asegurar el cumplimiento de la legislación marina?
5. ¿Cuál de estas libertades se respeta en la soberanía limitada?

Preguntas generadas con IA a partir del documento: comprueba las respuestas con el texto.