Comunidades Autónomas en España: Competencias, Estatutos y Entidades Locales
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¿Qué son las Comunidades Autónomas?
Las Comunidades Autónomas se constituyen como personas jurídicas titulares de poder legislativo, reglamentario y administrativo, y con autonomía para gestionar sus propios intereses.
Contenido de los Estatutos de Autonomía
- La denominación de la Comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica.
- La delimitación de su territorio.
- La denominación, organización y sede de las instituciones autónomas propias.
- Las bases para el traspaso de los servicios correspondientes a las mismas.
Principio de Igualdad en las Comunidades Autónomas
El principio de igualdad supone que las diferencias entre los Estatutos de Autonomía no pueden implicar privilegios económicos o sociales para sus ciudadanos.
Principio de Autonomía Financiera de las Comunidades Autónomas
En el desarrollo y ejecución de sus competencias deben seguir la coordinación con la Hacienda Estatal y de solidaridad entre todos los españoles.
Órganos Autonómicos
- Asamblea Legislativa.
- Consejo de Gobierno.
- Tribunal Superior de Justicia.
Competencias de las Comunidades Autónomas
- Legislativa.
- Reglamentaria.
- Ejecutiva.
Competencias Exclusivas del Estado
El titular de la competencia puede ejercer todas las facultades sobre esa materia: tiene poder para legislar, dictar reglamentos y hacer que se cumplan todas las normas sobre dicha materia.
Competencias Compartidas del Estado
El Estado ejerce varias de las facultades relativas a la competencia, y deja alguna de ellas a las Comunidades Autónomas.
Competencias Concurrentes del Estado
Significa que tanto el Estado como las Comunidades Autónomas tienen unas facultades muy similares sobre la misma materia.
Competencia Positiva de las Comunidades Autónomas
El artículo de la Constitución indica expresamente las materias en las que las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias.
Competencia Negativa de las Comunidades Autónomas
El artículo 149 determina que las Comunidades Autónomas podrán tener todas las competencias que no hayan sido atribuidas expresamente al Estado.
Artículo 149 de la Constitución Española
La competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los Estatutos de Autonomía corresponderá al Estado.
Entidades Locales Territoriales
- Municipio.
- Provincia.
- Islas en los archipiélagos balear y canario.
Competencias de las Entidades Locales
Las potestades reglamentarias de autoorganización, tributaria, financiera y sancionadora.
Elementos del Municipio
- Territorio.
- Población.
- Organización + Ayuntamiento.
Órganos Comunes del Municipio
- Alcalde.
- Tenientes de Alcalde.
- Concejales.
- Pleno.
- Comisión Especial de Cuentas.
Órganos Especiales del Municipio
- Junta de Gobierno Local.
- Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.
- Órganos específicos.