Concepto jurídico de persona y clases según el Derecho
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Concepto jurídico de persona:
El Derecho considera persona a todo ser o entidad capaz de tener derechos y obligaciones, pudiendo por tanto ser titular de relaciones jurídicas. Una empresa también puede ser objeto de derechos y obligaciones: despide, contrata, paga impuestos…
Clases de Personas:
Persona física o natural, todo ser que nazca con figura humana. Persona Jurídica, es aquella corporación, fundación o asociación de interés público o privado, civil, mercantil o industrial, reconocida por la Ley, que le otorga personalidad propia independiente de cada uno de sus asociados o socios.
La persona física. Nacimiento:
El derecho Civil reconoce la personalidad física al nacido que tuviere figura humana y viviere 24 horas enteramente desprendido del seno materno. A partir de ese momento se es titular de derechos y obligaciones. El art. 29 Código Civil matiza: al concebido se le tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables siempre que nazca con las condiciones antes mencionadas.
La persona física.
Por tanto, aunque el concebido no esté reconocido como persona, se le otorgan toda serie de derechos que le pudieran favorecer. La prueba del nacimiento se hace mediante inscripción en el Registro Civil (son necesarios los certificados oportunos sobre nacimiento), que es un instrumento de publicidad legal, que puede ser consultado por todo el mundo.
La persona jurídica.
Se trata de una figura que el Derecho no crea, sino que se toma de la realidad donde existen agrupaciones de individuos con un fin concreto, agrupaciones que son capaces de tener derechos y obligaciones independientes de las personas físicas que la forman.
Las Fundaciones:
La fundación es un patrimonio dirigido a un fin establecido por el fundador o fundadores, que ha de ser de interés público y que recibe la categoría de persona jurídica. Por ejemplo la Fundación Nobel creada por Alfred Nobel para compensar y premiar a bienhechores de la humanidad. Deben cumplir dos requisitos esenciales:
- Asignar un patrimonio o dotación suficiente.
- El fin perseguido ha de ser de interés público, promover el bien general.