Conceptos Clave de Calidad Ambiental, Riesgos y Legislación Fundamental
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Definiciones Fundamentales
Calidad Ambiental
Conjunto de condiciones ambientales compatibles con diversos usos productivos de bienes o servicios. Se relaciona con la calidad de vida e interviene en la condición de la salud.
Contaminación
Introducción de agentes biológicos, físicos y químicos a un medio al que no pertenece.
Contaminante
Es la forma de la materia o energía presente en un medio al que no pertenece o bien por arriba de su concentración basal.
Tipos de Contaminantes
Los contaminantes se clasifican según diferentes criterios:
Según la Fuente
- Física
- Química
- Biogénica
- Antropogénica
Según el Medio Afectado
- Agua
- Aire
- Suelo
- Organismos vivos
Según el Tipo de Contaminante
- Electromagnética
- Sónica
- Radiación
- Térmica, etc.
Riesgos y Gestión Ambiental
Riesgos Ambientales
Emergencia
Suceso de origen natural, técnico o social que causa alteraciones en las personas, bienes o servicios que puede ser controlado dada la capacidad de atención de la comunidad.
Desastre
Suceso de origen natural, técnico o social que causa alteraciones a las personas, bienes o servicios que supera la capacidad de respuesta de la población afectada.
Acciones de Gestión de Riesgos
Prevención
Conjunto de acciones cuyo objetivo es impedir o evitar que los eventos naturales o causados por el hombre causen emergencia o desastre.
Mitigación
Intervención dirigida a reducir ciertos riesgos en toda acción orientada a disminuir el impacto.
Preparación
Conjunto de medidas y acciones para reducir al mínimo la pérdida de vida y otros daños.
Amenazas y Vulnerabilidad
Amenaza
Peligro latente que representa la probable manifestación de un fenómeno físico de origen natural o socio-natural.
Amenaza Socio-Natural
Peligro latente asociado con la probable ocurrencia de fenómenos físicos cuya existencia, intensidad u ocurrencia se relaciona con procesos de degradación.
Tipos de Vulnerabilidad
- Física
- Económica
- Social
- Educativa
- Ecológica
- Técnica
Principios Ambientales Fundamentales
- Prevención de daños transfronterizos
- Prevención
- Planificación
- Quien contamina paga
- Educación ambiental
- El infractor debe ser sancionado
- Participación ciudadana
- Derecho a indemnización
- Obligatoriedad de consideración previa al impacto
- Precaución: Ante posibilidad de daño grave o irreversible.
Marco Legal Ambiental
Artículo 127
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y en beneficio del futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética y los procesos ecológicos.
Artículo 128
El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas y políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana.
Artículo 129
Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, el manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.