Conceptos Clave sobre Contratos Laborales y Estructura Salarial

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1. Características del Contrato Indefinido

Son contratos que no fijan una fecha de extinción. El trabajador es considerado fijo en la plantilla de la empresa.

2. ¿Qué significa contrato de interinidad?

Los trabajadores prestan sus servicios de forma temporal según las circunstancias de la empresa.

3. ¿Qué significa trabajar a jornada completa?

El trabajador presta sus servicios durante la totalidad de la jornada que sea habitual en la empresa.

4. ¿Qué significa trabajar a tiempo parcial?

El trabajador presta sus servicios solo durante una parte de la jornada que sea habitual en la empresa.

5. Objeto del contrato formativo (prácticas o formación)

  • En prácticas: El trabajador pone en práctica conocimientos adquiridos con anterioridad.
  • Para la formación: La empresa se compromete a proporcionar formación al trabajador.

6. ¿A qué llamamos salario?

Es la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores.

7. ¿Qué es el salario base?

Es la retribución fijada por unidad de tiempo o de obra.

8. ¿Qué son los complementos salariales?

Es la retribución fijada en función de circunstancias como: condiciones personales del trabajador, el trabajo realizado y la situación o resultados de la empresa.

9. Complementos salariales pactados en la negociación colectiva

Normalmente se incluyen:

  • Antigüedad.
  • Pagas extraordinarias.
  • Participación en beneficios.
  • Complementos del puesto de trabajo (toxicidad, peligrosidad, turnos de noche, etc.).

10. Regulación del salario base y complementos

Aparecen recogidos en el convenio colectivo, que tiene prioridad respecto al convenio estatal.

11. Retribuciones que no tienen carácter salarial

Se incluyen las indemnizaciones correspondientes a traslados, dietas por alojamiento y manutención.

12. Derechos de una empleada de hogar por horas

Tiene derecho al salario mínimo (5 euros/hora), pero en dicho importe está incluida la parte proporcional de gratificaciones extraordinarias y vacaciones.

13. Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El importe establecido es de 645 euros.

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