Conceptos Clave del Derecho Laboral: Nómina, Derechos y Conflictos
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La Nómina: Componentes Esenciales
La nómina es el recibo individual justificante del pago de los salarios que se entrega al trabajador como liquidación de su salario. Está compuesta por:
- Encabezamiento: Figuran los datos de la empresa y del trabajador.
- Devengos: Son las cantidades que recibe el trabajador por diferentes conceptos, constituyen el salario bruto que está formado por salario base y complementos salariales.
- Bases de cotización a la Seguridad Social: Son unas cantidades determinadas en función de las retribuciones que recibe el trabajador por cuenta ajena. A estas bases se les aplican los tipos de cotización para obtener la cuota que se tiene que ingresar en la Seguridad Social.
- Deducciones: La empresa efectúa una serie de deducciones, destacan las cotizaciones a la Seguridad Social y la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Total a percibir: Es la diferencia entre el salario bruto y el total de las deducciones. Esto forma el salario neto.
Derechos y Deberes del Trabajador
Derechos
- Descanso semanal: Tienen derecho a un día y medio ininterrumpidos de descanso a la semana. Los menores tienen derecho a dos días.
- Vacaciones anuales: Tienen derecho a un periodo de vacaciones retribuidas, nunca será inferior a 30 días.
- No ser discriminados para el empleo o una vez empleados, no serlo por razón de sexo, estado civil, edad, etc.
Deberes
Las obligaciones del trabajador son:
- Cumplir con las obligaciones concretas del puesto de trabajo.
- Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
- Contribuir a la mejora de la productividad.
- Entregar los frutos de su trabajo al empresario.
- Respetar el poder de dirección del empresario.
Representación de los Trabajadores: Sindicatos y Órganos Internos
Sindicatos
Es una asociación de trabajadores creada para defender sus intereses comunes. El objetivo de los sindicatos es defender y hacer triunfar las reivindicaciones económicas, sociales y políticas. Se publicó la Ley Orgánica de Libertad Sindical.
Participación en la Empresa
La participación de los trabajadores en la empresa se materializa a través de:
- Delegados de personal: Son los representantes de los trabajadores que tienen entre 10 y 50 trabajadores. También puede haber un delegado de personal en aquellas empresas que tengan entre 6 y 10 trabajadores.
- Comité de empresa: Es el órgano representativo y colegiado del conjunto de los trabajadores de las empresas que tienen 50 o más trabajadores.
Competencias de los Representantes
Los delegados tienen las siguientes competencias:
- Recibir información sobre el sector en que se encuentra la empresa, conocer el balance, cuenta de resultados, memoria...
- Emitir informes sobre: plantilla, formación, sistema de organización...
- Vigilar el cumplimiento de las normas en materia laboral, seguridad social, seguridad, higiene y empleo.
- Ser informados de las sanciones y negociación colectiva.
Negociación Colectiva
Es el proceso encaminado a conseguir un acuerdo entre los trabajadores y los empresarios sobre las condiciones en las que se va a desarrollar la actividad en un centro de trabajo.
Conflictos Laborales
Se produce cuando la empresa y los trabajadores discrepan en algún aspecto de la relación laboral. El conflicto colectivo del trabajo es una manifestación de la discrepancia por razones laborales entre empresarios y trabajadores.
Partes para promover un Conflicto Colectivo
- Los representantes de los trabajadores: delegados de personal, comités de empresa.
- Los empresarios y las asociaciones empresariales que los representen cuando en este último caso el ámbito del conflicto rebase el de una empresa.
Soluciones a Conflictos
- Acuerdo entre las partes.
- Conciliación: Las partes acuerdan que un tercero intervenga para facilitar la negociación.
- Mediación: Un tercero interviene en la solución ofreciendo propuestas.
- Arbitraje: Las partes aceptan la decisión que el tercero tenga.
La Huelga
Es la interrupción del trabajo por parte de los trabajadores con el fin de imponer ciertas condiciones. La huelga es un derecho reconocido por la Constitución. Se inicia con una notificación por escrito con 5 días de antelación al comienzo. Los trabajadores no tienen derecho a un salario. La empresa no podrá sancionar a los trabajadores que están en huelga y no los puede sustituir por otros.