Conceptos Clave del Derecho Público y Principios Jurídicos Fundamentales

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Conceptos Fundamentales del Derecho

Derecho Público

Parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones entre las personas y entidades privadas con los órganos que ostentan el poder público cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas y según el procedimiento legalmente establecido, y de los órganos de la Administración pública entre sí.

Principios Generales del Derecho

Valores de carácter social que inspiran las normas en cada momento. Sirven para interpretar la ley. Se encuentran subsidiarios de la ley y la costumbre. Son:

  • Buena Fe.
  • Teoría de los Propios Actos: nadie puede ir en contra de sus propios actos.
  • Excepción de Contrato no Cumplido (Exceptio non adimpleti contractus): en obligaciones bilaterales, si una parte no cumple, no puede exigir el cumplimiento a la otra.
  • Legítima Defensa.
  • Según lo alegado y probado se juzgará.

Artículo 9.1 de la Constitución Española: los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la CE y al resto del ordenamiento jurídico.

Teoría de la Subsunción

Cuando se produce cierto hecho, puede que haya una norma que lo regule y que diga que ese hecho es ilícito; por tanto, esta ilicitud tendrá una consecuencia jurídica.

Interpretación de las Normas Jurídicas

Artículo 3.1 del Código Civil: las normas se interpretarán según el sentido de sus palabras, en relación con el contexto, antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.

Eficacia de las Normas Jurídicas

  • Deber general de observancia de la norma jurídica.
  • Inexcusabilidad de su cumplimiento.

Nota: El Error de Derecho puede considerarse un vicio del consentimiento en ciertos casos.

La exclusión voluntaria de la Ley aplicable y la renuncia a los derechos en ella reconocidos sólo serán válidas cuando no contraríen el interés o el orden público ni perjudiquen a terceros.

Abuso del Derecho

La ley no ampara el abuso del derecho o el ejercicio antisocial del mismo. Todo acto u omisión que por intención de su autor, por las circunstancias en que se realice, sobrepase manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho, con daño para tercero, dará lugar a la correspondiente indemnización y a la adopción de las medidas judiciales.

Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo

  • Derecho Objetivo: ordenación de conductas u ordenamiento jurídico; este delimita el ámbito de poder o actuación del sujeto.
  • Derecho Subjetivo: posibilidad de actuación conforme a Derecho, como conjunto de facultades que se dan a una persona para actuar en defensa de sus intereses en el marco de la norma general. Es parte de la relación jurídica.

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