Conceptos Clave de la Nómina: SMI, FOGASA y Tipos de Cotización a la Seguridad Social

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Conceptos Fundamentales del Derecho Laboral y la Seguridad Social

Salario Mínimo Interprofesional (SMI)

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cuantía retributiva mínima que debe recibir un trabajador referida a la jornada legal de trabajo en cualquier actividad (agricultura, industria o servicios), sin distinción de sexo o edad, sean fijos, eventuales o temporales.

Salario Mínimo Inembargable

El Salario Mínimo Inembargable es aquella parte de la nómina (o de los ingresos, en el caso de autónomos) que no puede embargarse por estar destinada a cubrir las necesidades básicas de la vida.

Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)

El FOGASA es un Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social que garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario. (Máximo garantizado: 120 días de salario).

Complementos Salariales y Extrasalariales

Complementos Salariales

Son aquellos que retribuyen aspectos específicos del puesto de trabajo o de la situación personal del trabajador:

  • Antigüedad
  • Idiomas
  • Títulos
  • Conocimientos especiales
  • Nocturnidad
  • Penosidad
  • Toxicidad
  • Peligrosidad
  • Responsabilidad
  • Incentivos
  • Plus de actividad
  • Plus de asistencia

Complementos No Salariales (Extrasalariales)

Compensan gastos derivados de la actividad laboral, no retribuyen el trabajo realizado:

  • Dietas de viaje
  • Gastos de locomoción
  • Plus de transporte
  • Plus de distancia
  • Plus de comedor
  • Prendas de trabajo
  • Quebranto de moneda

Límites de Exención para Gastos de Viaje

  • Locomoción o Kilometraje: 0,19€/km
  • Dietas (máximo exento):
    • 53,34€/día (si pernocta)
    • 26,67€/día (si no pernocta)

Cotizaciones a la Seguridad Social: Tipos y Porcentajes

A continuación, se detallan los porcentajes de cotización aplicables a la Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC), Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP) y Base de Horas Extraordinarias (BHE).

ConceptoTrabajadorEmpresa
Contingencias Comunes4,80 % de BCCC24,1 % de BCCC
Desempleo (Indefinidos)1,55 % de BCCP5,50 % de BCCP
Desempleo (Temporales)1,60 % de BCCP6,70 % de BCCP
Formación Profesional (FP)0,10 % de BCCP0,60 % de BCCP
FOGASANO0,20 % de BCCP
Horas Extraordinarias4,70 % de BHE23,60 % de BHE

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