Conceptos Esenciales del Derecho Laboral y Contratación en España
Clasificado en Formación y Orientación Laboral
Escrito el en español con un tamaño de 4,07 KB
1. Requisitos para que una relación sea considerada laboral
- Trabajo personal: El trabajador debe acudir al trabajo y no puede enviar a nadie en su lugar.
- Trabajo voluntario: No se está obligado a firmar un contrato de trabajo.
- Trabajo retribuido: La finalidad es obtener un beneficio económico.
- Trabajo dependiente: El trabajador debe cumplir las instrucciones de la empresa.
- Trabajo por cuenta ajena: El trabajador cobra un salario fijo con independencia de si la empresa obtiene ganancias o pérdidas.
2. Jerarquía normativa de las fuentes del Derecho del Trabajo
- Normativa de la UE.
- Constitución Española.
- Tratados Internacionales.
- Leyes.
- Reglamentos.
- Convenios Colectivos.
4. Derechos laborales colectivos
- Libre sindicación: Elegir sindicarse o no.
- Derecho de huelga.
- Derecho a negociar convenios colectivos.
- Derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo.
- Derecho de reunión.
- Derecho a participar en la empresa a través de sus representantes.
5. Derechos individuales
- Elegir libremente profesión y oficio.
- Derecho de ocupación efectiva.
- Promoción profesional y a la formación profesional (FP).
- Igualdad y no discriminación.
- Política de seguridad e higiene en el trabajo.
- Intimidad y dignidad.
- Descanso.
- Percepción puntual de la remuneración pactada.
7. Tribunales laborales en el ordenamiento español
- Juzgado de lo Social.
- Tribunal Superior de Justicia.
- Audiencia Nacional.
- Tribunal Supremo.
- Tribunal Constitucional.
8. Requisitos para ser trabajador
De edad:
- Ser mayor de 18 años o menor de 18 legalmente emancipado.
- Mayores de 16 con contrato y autorización de los padres o tutores, siempre que no sea trabajo nocturno, peligroso o insalubre.
De nacionalidad:
- Los ciudadanos de la UE podrán celebrar un contrato sin necesidad de permiso de trabajo.
- Los ciudadanos extracomunitarios deberán obtener un permiso de trabajo, y los empresarios, un permiso para contratar trabajadores extracomunitarios.
10. Contenido mínimo del contrato de trabajo
- Lugar y fecha del contrato.
- Identificación de las partes.
- Puesto de trabajo y categoría profesional.
- Lugar de trabajo.
- Jornada y horario de trabajo.
- Duración del contrato.
- Retribución.
- Duración de las vacaciones anuales.
- Plazo de preaviso para rescindir el contrato.
- Otras cláusulas voluntarias:
- Periodo de prueba.
- Horas extra.
- No trabajar para la competencia.
11. Duración del periodo de prueba
- Suele venir reflejado en el convenio colectivo. En su ausencia, se aplica:
- Técnicos titulados (título medio o superior): 6 meses.
- Resto de trabajadores: 2 meses.
- Empresas con menos de 25 trabajadores: 3 meses.
- Contrato en prácticas: 1 mes para títulos de grado medio, 2 meses para títulos superiores.
- Contrato temporal con duración inferior a 6 meses: periodo máximo de prueba de 1 mes.
- Contrato indefinido de apoyo a emprendedores: 1 año.
- Se puede pactar en el contrato que, debido a baja laboral, maternidad o paternidad, o riesgo durante el embarazo o lactancia, el periodo de prueba se interrumpa y el tiempo no se contabilice.
12. Derechos durante el periodo de prueba
- El trabajador tiene los mismos derechos que otro trabajador de la plantilla.
- Cualquiera puede dar por finalizado el contrato durante el periodo de prueba sin necesidad de preaviso y sin alegar motivo.
- El empresario debe abonarle el salario por los días de trabajo realizado, pero no una indemnización por despido.