Conceptos Esenciales del Derecho Penal: Reincidencia, Legítima Defensa y Coautoría Delictiva
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Modelo 2 de Evaluación
1. La Reincidencia en el Derecho Penal: Clases, Requisitos y Penalidad
La reincidencia, como institución jurídica, implica la agravación de la situación legal de una persona que, habiendo sido sancionada previamente por un hecho delictivo, comete nuevamente otro delito. Esta circunstancia agrava la responsabilidad criminal, en los términos señalados por la ley, ya sea mediante un aumento de la pena o restringiendo beneficios procesales.
Clases de Reincidencia
- Reincidencia Genérica: Se configura por la comisión de un nuevo hecho punible, sin importar su naturaleza. Su consecuencia es la aplicación de la pena entre el término medio y el máximo establecido por la ley.
- Reincidencia Específica: Se produce por la comisión de un nuevo hecho punible de la misma índole que el delito anterior. Esto conlleva la aplicación de la pena correspondiente, con un aumento de una cuarta parte.
- Multirreincidencia: Se refiere a la comisión de un nuevo hecho punible que merezca pena corporal, después de haber recibido dos o más sentencias condenatorias por penas de la misma especie, siempre y cuando el nuevo delito sea de la misma índole.
2. Requisitos de la Defensa de Bienes contra el Ladrón Nocturno y la Responsabilidad del Sujeto Activo
La defensa de bienes contra un ladrón nocturno, en el contexto de la legítima defensa, requiere el cumplimiento de ciertos requisitos para eximir de responsabilidad penal al sujeto pasivo.
Requisitos
- Debe ocurrir en casas habitadas.
- Debe producirse durante la noche.
- Debe considerarse el medio empleado por el sujeto activo (ladrón), como escalar, abrir huecos o incendiar. En relación con el sujeto pasivo, cuya casa ha sido violada, este puede actuar si se está produciendo un ataque inminente, motivado por el terror y la necesidad de defender sus bienes, su seguridad personal y la de su familia.
En caso de que se cumplan todos estos requisitos, la acción del sujeto pasivo no se determinará como un hecho punible, por lo que no tendrá responsabilidad penal. Si no se cumplen, sí incurrirá en responsabilidad penal.
3. El Concurso de Personas en el Delito: Definición y Participantes
El concurso de personas en el delito se refiere a la realización de un hecho delictivo en el que participan varias personas, siendo el resultado de una acción conjunta.
Personas que pueden participar como perpetradores
- Coautoría: Cuando dos o más personas actúan en un mismo hecho, realizando un acto de igual importancia para la consumación del delito. Serán castigados como autores.
- Autor Inmediato: Quien actúa directamente en la ejecución del delito.
- Autor Mediato: Quien se vale de otra persona (instrumento) para cometer el delito.
- Autor Intelectual: Quien concibe y prepara el delito (planificación, medios), pero generalmente no participa directamente en el acto de ejecución. Es crucial considerar la naturaleza del delito y la acción específica realizada por cada participante, quienes deben ejecutar su parte con eficacia y eficiencia.
Cooperadores en la Participación Delictiva
- Instigador: Quien, mediante instigación directa, determina a otro a cometer un hecho delictivo que este no había pensado realizar. La instigación debe ser exitosa para que el hecho se concrete.
- Determinador: A diferencia del instigador, el determinador influye en un sujeto que ya tenía la idea de cometer el delito, pero lo convence o lo impulsa a decidirse y ejecutarlo.
4. Resolución de Caso: Imputabilidad y Responsabilidad Penal por Uso de Licor
Caso planteado:
“Si se probare que, con el fin de facilitarse la perpetración del delito, o prepararse una excusa, el acusado había hecho uso del licor”.
Análisis Jurídico del Caso
En el escenario descrito, donde el acusado hace uso del licor con el propósito de facilitar la perpetración del delito o de preparar una excusa (lo que se conoce como actio libera in causa), el sujeto activo es imputable.
Respuesta Penal
La responsabilidad penal del sujeto activo se mantiene plenamente. El uso voluntario de licor con una finalidad delictiva o exculpatoria no lo exime de responsabilidad; por el contrario, en muchas legislaciones, esta circunstancia puede ser considerada una agravante de la pena, ya que demuestra una premeditación o una intención de eludir la justicia. La imputabilidad se retrotrae al momento en que el sujeto, siendo plenamente consciente y libre, decide embriagarse con el fin de cometer el delito o justificarlo.