Conceptos Esenciales de la Letra de Cambio en Contratos Mercantiles
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Aspectos Fundamentales de la Letra de Cambio
¿Quién emite las letras de cambio en una compraventa?
El vendedor.
¿Qué produce el descuento de las letras de cambio?
El cobro del importe líquido de la letra.
¿Quién debe firmar la aceptación de la letra en una compraventa?
El comprador.
¿Cuál es el modo usual de circulación de la letra?
Se efectúa mediante el endoso.
¿Con qué fin se pueden presentar las letras en general?
Con el fin de ser cobradas exclusivamente.
¿Qué es el protesto ante notario?
Es un medio de prueba.
¿Se puede denominar siempre tomador al tenedor de una letra de cambio?
No, solo si es el primer tenedor.
Uso y Características de la Letra de Cambio
Explica la forma en que se utiliza una letra de cambio como instrumento de pago en una compraventa.
Cuando la operación se realiza a crédito.
¿Puede presentarse al pago una letra en una fecha distinta a la fijada como fecha de vencimiento? ¿Cómo se denomina una letra que se puede presentar al pago en cualquier momento?
No. Se denomina letra a la vista.
¿Es nula la letra en la que no se exprese el domicilio del librador?
No, ya que se tomaría el expresado junto al librado.
¿Qué función tienen en una letra de cambio las cláusulas facultativas?
Obligan a los tenedores posteriores a cumplir la voluntad del librador.
Aceptación y Garantías Cambiarias
¿Qué importancia tiene la aceptación del librado?
Obliga al librado a pagar su importe.
¿Qué es el endoso de una letra de cambio? ¿Una letra se puede endosar siempre?
Es el modo habitual de circulación de la letra. No, salvo que un endosante incluya una cláusula que prohíba el endoso.
¿A qué se denomina endoso de retorno? ¿El endoso se puede incluir en cualquier lugar de una letra de cambio?
Se denomina endoso de retorno al que se realiza a favor de cualquier obligado cambiario anterior. No, se hará constar en el reverso.
¿Qué es el aval? ¿Es necesario indicar los nombres en el aval de la letra cuando los avalados son el librado o el aceptante?
Es una declaración por la que una persona garantiza el pago de una letra si no lo efectúa el obligado al que avala. No, ya que si no se nombra a quién se avala, se entiende que se está avalando al librado.
¿Se puede presentar la letra a la aceptación en un plazo distinto al del vencimiento?
Sí, siempre en cualquier momento antes del vencimiento.
¿Queda a la voluntad del tenedor de la letra de cambio su presentación a la aceptación?
Sí, porque no está obligado a aceptarla.
Acciones en Caso de Impago de la Letra
En caso de impago, resume las acciones que puede ejercitar el tenedor de la letra.
- Protesto notarial.
- Declaración equivalente del librado.
- Declaración de la cámara de compensación.
¿Cuál es el motivo de que se pueda ejercitar la acción de regreso antes del vencimiento?
Que el librado no realice el pago de la letra.