Conceptos Esenciales de Nómina y Finiquito: Salario, Cotización y Prestaciones Laborales

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Conceptos Fundamentales en el Ámbito Laboral y Salarial

FOGASA: Fondo de Garantía Salarial

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social. Su función principal es garantizar a los trabajadores el pago de salarios e indemnizaciones pendientes de abono a causa de insolvencia o concurso de acreedores de sus empresas. Para ello, FOGASA se nutre de las aportaciones realizadas por las empresas.

BCCC: Base de Cotización por Contingencias Comunes

La Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC) es la parte de la base de cotización de la nómina por la que el trabajador cotiza a la Seguridad Social. Esta cotización le otorga derecho a prestaciones relacionadas con contingencias comunes, tales como enfermedad común, accidente no laboral, maternidad, paternidad o jubilación, entre otras.

BCCP: Base de Cotización por Contingencias Profesionales

La Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP) es la base de cotización que se toma como referencia para calcular las cotizaciones por contingencias profesionales. Estas incluyen el accidente de trabajo y la enfermedad profesional, cubriendo los riesgos asociados a la actividad laboral.

SMI: Salario Mínimo Interprofesional

El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es la cuantía mínima de retribución que debe percibir un trabajador por la jornada legal de trabajo, independientemente del tipo de contrato o sector. Su establecimiento obedece al derecho constitucional de todos los trabajadores a una remuneración suficiente para cubrir sus necesidades y las de su familia.

Cálculo de la Nómina: Componentes y Deducciones

1. Conceptos Retributivos

  • Salario Bruto: Suma de todos los conceptos retributivos devengados por el trabajador antes de aplicar las deducciones.
  • Remuneración Mensual (RM): Se calcula sumando el salario base, pluses y la parte de dietas sujeta a cotización.
    • Ejemplo de Dietas: Si el límite exento de cotización es de 53,34€/día y se perciben 300€ por 5 días, el importe exento sería 53,34€ * 5 = 266,70€. El importe sujeto a cotización sería 300€ - 266,70€ = 33,30€.
    • Cálculo RM: Salario Base + Pluses + Dietas sujetas a cotización (ej. 33,30€) = 1.478,30€.
  • Pagas Extras: Su cálculo para prorrateo mensual se realiza de la siguiente manera:
    • Si se especifican importes fijos (ej. 780€ cada una): (2 * 780€) / 12 meses.
    • Si se basan en conceptos (ej. Salario Base + Plus Convenio): (2 * (Salario Base + Plus Convenio)) / 12 meses.

2. Bases de Cotización y Base Imponible IRPF

  • Base de Cotización por Contingencias Comunes (BCCC): Remuneración Mensual (RM) + Pagas Extras prorrateadas.
  • Base de Cotización por Contingencias Profesionales (BCCP): BCCC + Horas Extras.
  • Base de Cotización por Horas Extras (BAHE): Importe total de las Horas Extras.
  • Base Imponible IRPF (BIRPF): Total devengado (incluyendo pagas extras prorrateadas si aplica) - Dietas exentas de cotización.

3. Deducciones y Salario Neto

  • Deducciones a la Seguridad Social: Suma de las cotizaciones por Contingencias Comunes (CC), Formación Profesional (FP), Desempleo (D) y Horas Extras (HE).
  • Retención IRPF: Aplicación del porcentaje de IRPF correspondiente a la Base Imponible IRPF (BIRPF).
  • Total Neto a Percibir: Salario Bruto - Deducciones a la Seguridad Social - Retención IRPF.

Cálculo del Finiquito: Liquidación por Cese

El finiquito es el documento que liquida las cantidades pendientes de pago al trabajador en el momento de la extinción de la relación laboral. Incluye los siguientes conceptos:

1. Salario de los Días Trabajados en el Mes de Cese

Se calcula la parte proporcional del salario mensual correspondiente a los días trabajados hasta la fecha de cese.

  • Fórmula: (Salario Mensual / 30 días) * Número de días trabajados en el mes de cese.
  • Ejemplo: (36,67€/día) * 20 días de abril.

2. Vacaciones no Disfrutadas

Se abonan los días de vacaciones generados y no disfrutados hasta la fecha de cese.

  • Cálculo de días generados: Si el periodo de devengo es anual (ej. de enero a enero), se cuentan los días transcurridos desde el inicio del periodo hasta la fecha de cese.
    • Ejemplo: Enero (31) + Febrero (28) + Marzo (31) + Abril (20) = 110 días.
  • Proporción: (Días trabajados en el periodo * Días de vacaciones anuales) / 365 días del año.
    • Ejemplo: (110 días * 30 días) / 365 días = 9,04 días. (Redondeo: si el resultado es 9,54 días, se redondea a 10 días).
  • Ajuste por vacaciones disfrutadas: Si el trabajador ya disfrutó de días de vacaciones, se restan del total generado.
    • Ejemplo: 9 días generados - 3 días disfrutados = 6 días pendientes.
    • Importe a pagar: 6 días * Salario diario.

3. Parte Proporcional de Pagas Extras

Se calcula la parte de las pagas extras que el trabajador ha devengado hasta la fecha de cese y que aún no ha percibido.

  • Paga Extra de Navidad: Se calcula la parte proporcional desde el inicio de su devengo (ej. 1 de enero) hasta la fecha de cese.
    • Ejemplo: (Salario Mensual * 110 días devengados) / 365 días = 301,37€ (para 110 días trabajados, de enero a abril).
  • Paga Extra de Verano: Se calcula la parte proporcional desde el inicio de su devengo (ej. 1 de julio del año anterior) hasta la fecha de cese.
    • Ejemplo: (Salario Mensual * 294 días devengados) / 365 días = 805,48€ (para 294 días trabajados, de julio a abril).

4. Total del Finiquito

El importe total del finiquito es la suma de los siguientes conceptos:

  • Salario de los días trabajados en el mes de cese.
  • Importe de las vacaciones no disfrutadas.
  • Partes proporcionales de las pagas extras.

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