Conceptos Esenciales y Tipos de Seguros Personales
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Conceptos Clave en Seguros
A continuación, se detallan algunos términos fundamentales en el ámbito de los seguros:
Sobreseguro
El sobreseguro ocurre cuando la suma asegurada supera notablemente el valor del interés asegurado, es decir, el valor real del bien es inferior al declarado en la póliza. En una situación de sobreseguro, el asegurado paga primas excesivas, lo que implica un gasto innecesario.
Franquicia
La franquicia establece en la póliza una cantidad que se deducirá de la indemnización que satisfaga el asegurador. Esta parte del daño corre por cuenta del tomador del seguro.
Periodo de Carencia
El periodo de carencia es el tiempo que transcurre desde que se contrata el seguro hasta que este comienza a cubrir el riesgo.
Seguros Personales: Coberturas y Modalidades
Los seguros personales tienen como objetivo compensar las consecuencias negativas de acontecimientos como la jubilación, el fallecimiento o una lesión temporal o permanente. Su valoración es subjetiva y se realiza de forma anticipada. El contrato de seguro sobre las personas puede celebrarse tanto para una persona individual como para un grupo.
Seguro de Vida
El seguro de vida puede estipularse sobre la vida propia o la de un tercero. El tomador podrá designar al beneficiario en la póliza, en una declaración escrita posterior comunicada al asegurador o en testamento. Para fijar el importe de las primas, se tienen en cuenta tablas estadísticas y cálculos de probabilidad sobre la esperanza de vida de las personas, según su edad, sexo, profesión, hábitos, entre otros factores.
Derecho de Rescate
El derecho de rescate es la facultad de cancelar el seguro y recuperar el capital acumulado conforme a las tablas de valores fijados en la póliza.
Tipos de Seguros de Vida
- Para caso de muerte: La entidad aseguradora pagará la prestación convenida al beneficiario cuando se produzca el fallecimiento del asegurado. El riesgo por fallecimiento puede limitarse en la póliza, por ejemplo, excluyendo deportes de riesgo.
- Para caso de supervivencia: El beneficiario cobrará la prestación convenida si el asegurado sobrevive a una fecha determinada. Estos son seguros de ahorro o seguros de jubilación, donde el ahorro se acumula en las primas pagadas a la entidad y se devuelve con la rentabilidad correspondiente al llegar la fecha indicada en el contrato o cuando el asegurado cumpla una edad específica.
- Seguros mixtos: Son una combinación de los dos anteriores, ya que cubren tanto el fallecimiento como la supervivencia a una fecha determinada. Un ejemplo es el seguro dotal, contratado por padres o tutores, nombrando beneficiarios a sus hijos menores de edad. Cuando la fecha fijada en la póliza llegue, el beneficiario percibirá la cifra acordada. Si el fallecimiento del beneficiario se produce antes de la fecha acordada, el seguro devolverá las primas cobradas.
Seguro de Accidente
El seguro de accidente es un seguro sobre las personas que cubre el riesgo de sufrir una lesión corporal derivada de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. Los accidentes que sean consecuencia de un evento extraordinario, como un terremoto o una inundación, son indemnizados por el Consorcio de Compensación de Seguros, no directamente por la aseguradora.
Seguro de Enfermedad y Asistencia Sanitaria
Estos seguros proporcionan al titular y a su familia cobertura sanitaria, asistencial y, en ocasiones, de carácter económico, en caso de sufrir alguna dolencia o enfermedad. Constan de las siguientes modalidades:
- Asistencia sanitaria: Pone a disposición del asegurado atención médica, hospitalaria y quirúrgica a través de un cuadro médico y centros hospitalarios concertados.
- Reembolso de gastos médicos: El asegurado puede acudir a cualquier centro o médico hospitalario en cualquier lugar del mundo. Abonará los gastos médicos ocasionados y, posteriormente, enviará la factura y el informe médico a la aseguradora para su reembolso.
- Indemnización: Cubre el riesgo de enfermedad del asegurado, garantizando el pago de una indemnización en caso de que se produzca una alteración de la salud debidamente certificada por un médico. Se excluyen de la cobertura las enfermedades o dolencias ya existentes antes de la firma del contrato, las sobrevenidas por embriaguez o toxicomanía, intento de suicidio, epidemias y enfermedades crónicas.