Conceptos Fundamentales del Derecho Civil
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1. Las normas prohibitivas o restrictivas de los derechos individuales:
- Son susceptibles de interpretación extensiva.
- No son susceptibles de interpretación extensiva.
- Se interpretan como cualquier otra norma.
- Ninguna de las anteriores respuestas es correcta.
2. La interpretación auténtica es:
- La que realiza el propio legislador.
- La que realizan los órganos judiciales.
- La que realiza la doctrina jurídica.
- La que realiza la mesa del parlamento.
3. La exclusión voluntaria de la ley aplicable:
- Es posible si se trata de una norma de carácter imperativo.
- Es posible si se trata de una norma de carácter dispositivo.
- No es posible en ningún caso.
- Es posible si no se trata de una norma penal o de policía.
4. La sanción que se aplica a los actos realizados en fraude de ley es:
- La nulidad del acto en cualquier caso.
- La nulidad del acto si va contra normas imperativas.
- No impedirá la aplicación de la norma que se ha tratado de eludir.
- La nulidad del acto salvo que la norma infringida establezca una sanción distinta.
5. En la adquisición derivativa de los derechos subjetivos:
- El derecho nace ex novo para el adquirente.
- La adquisición no trae causa del titular anterior.
- La adquisición trae causa del titular anterior.
- La adquisición puede o no traer causa del titular anterior.
6. Los derechos absolutos o generales:
- Son aquellos que se ejercitan frente a una persona concreta y determinada.
- Son aquellos que son susceptibles de valoración en dinero.
- Son aquellos que no son susceptibles de valoración en dinero.
- Son aquellos que se ejercitan frente a cualquiera.
7. El derecho de propiedad:
- Es un derecho relativo.
- Es un derecho cuasipatrimonial.
- Es un derecho extramatrimonial.
- Es un derecho absoluto o general.
8. El abuso del derecho:
- Constituye un límite extrínseco al ejercicio del derecho subjetivo.
- Constituye un límite intrínseco al ejercicio del derecho subjetivo.
- No constituye un límite al ejercicio del derecho subjetivo.
- Constituye un límite intrínseco pero solo respecto a los derechos de contenido patrimonial.
9. La prescripción:
- Admite interrupción y es aplicable de oficio por los Tribunales.
- No admite interrupción y no es aplicable de oficio por los Tribunales.
- Admite interrupción y no es aplicable de oficio por los Tribunales.