Conceptos Fundamentales del Derecho Civil Argentino
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Conceptos Fundamentales del Derecho
El Derecho
ART. 1: DERECHO: Conjunto de normas jurídicas emanadas por una organización competente que regula.
DERECHO PÚBLICO: Relaciones entre el Estado y los particulares. El Estado siempre va a tener más autoridad que el particular.
DERECHO PRIVADO: Relaciones de particulares entre sí. Acuerdo entre dos partes siempre y cuando no sea ilícito.
Interpretación de la Ley
ART. 2: INTERPRETACIÓN: La ley se debe interpretar teniendo en cuenta sus palabras y finalidades. El juez debe resolver los asuntos.
Aplicación de la Ley
ART. 4-5: Las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República y rigen después del octavo día de su publicación oficial.
Ejercicio de los Derechos
ART. 9-14: Los derechos deben ser ejercidos de buena fe. Está prohibida la renuncia general de las leyes.
Derechos sobre Bienes y el Cuerpo Humano
ART. 15-18: Las personas son titulares de los derechos individuales sobre los bienes que integran su patrimonio. Los derechos sobre el cuerpo humano o sus partes no tienen un valor comercial, sino afectivo.
La Persona Humana
ART. 19-21: PERSONA HUMANA: La existencia de la persona comienza con la concepción. Los derechos se adquieren si nace con vida. Si no nace con vida, se considera que la persona nunca existió.
PERSONA: Ente con derechos y obligaciones.
PERSONA FÍSICA: El hombre.
PERSONA JURÍDICA: Una sociedad (empresa). Entes que tienen aptitud para adquirir derechos y contraer obligaciones.
Capacidad Jurídica
ART. 22-24: Toda persona goza de la aptitud para ser titular de derechos y deberes jurídicos. Toda persona puede ejercer por sí misma sus derechos, excepto lo previsto en el Código.
Incapaces de Ejercicio
Son incapaces de ejercicio:
- Aquella persona por nacer.
- La persona que no cuenta con la edad y madurez suficiente.
- La persona declarada incapaz por sentencia judicial.
El Contrato
CONTRATO: Acuerdo de voluntades entre dos personas destinados a arreglar sus derechos. Tiene que haber consentimiento (expresión libre de voluntad, sin presión ni violencia, tanto física como psicológica) y genera obligaciones.
El contrato solo puede ser modificado o extinguido por acuerdo de ambas partes o mediante la ley.
Clasificación de Contratos
- UNILATERAL: Obligación para una sola parte de cumplir el contrato, ej: fianza.
- BILATERAL: Obligación para ambas partes.
- FORMAL: Requisito formal.
- NOMINADOS: El Código los regula.
- INNOMINADOS: No están incluidos en el Código.
- CONMUTATIVOS: Ambas partes tienen en claro lo que deben cumplir, ej: compraventa.
Poderes del Estado
Poder Legislativo
PODER LEGISLATIVO: Conformado por la Cámara de Senadores y Diputados. Los Diputados hacen énfasis en los derechos e intereses de los ciudadanos y los Senadores representan los intereses de las provincias.
Poder Ejecutivo
PODER EJECUTIVO: Tiene a cargo un gobierno con un Presidente.
Poder Judicial
PODER JUDICIAL: Busca resolver determinados conflictos.
Estructura:
- Juzgados de primera instancia.
- Cámara de Apelación.
- La Corte.