Conceptos Fundamentales del Derecho Civil: Bienes, Patrimonio y Derechos
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Los Bienes y su Clasificación en el Derecho Civil
La doctrina jurídica suele denominar bienes, de manera general, a los posibles objetos del derecho subjetivo. Esto es, a las realidades sociales sobre las que recae el poder en que todo derecho subjetivo consiste. Entre esas realidades se encuentran las cosas o cuerpos materiales perceptibles, pero también los derechos. Se comprueba, en virtud de ello, que pueden ser objeto de derecho tanto las cosas en su más amplio sentido como las conductas humanas.
Clasificación de los Bienes
Los bienes pueden clasificarse atendiendo a diversas categorías:
- Por el Tráfico: Se refiere a las posibilidades de su comercialización.
- Por su Titularidad: Según la cualidad de las personas a las que pertenezcan, las cosas son de dominio público o de propiedad privada.
- Por sus Cualidades: En función de sus cualidades esenciales o de sus características básicas.
- Por su Conexión: Por su relación o conexión entre ellos.
El Patrimonio: Composición y Significación Jurídica
El patrimonio es la tenencia de bienes, la suma de activo y pasivo. Está compuesto por cada una de las relaciones jurídicas que se integran en el mismo, las cuales son sus elementos. La agrupación de todas ellas conforma el patrimonio en su conjunto. Comprende tres elementos básicos:
- Su composición.
- Su significación económica y pecuniaria.
- Su atribución a una persona.
Distinción entre Bienes Inmuebles y Bienes Muebles
Bienes Inmuebles
Tradicionalmente, se le ha dado gran importancia a la distinción entre bienes inmuebles y bienes muebles, también en el mundo del derecho, y esta diferencia tiene una gran trascendencia jurídica. Los inmuebles han sido, en todas las épocas, los más importantes al ser de mayor valor y haber estado ligada a ellos toda posibilidad de producción y riqueza. Hoy, sin embargo, los bienes inmuebles ya no gozan de la misma importancia, debido a la sofisticación de las sociedades contemporáneas y la estructura de las economías de mercado.
Clases de Bienes Inmuebles:
- Por naturaleza.
- Por incorporación.
- Por destino.
- Por analogía.
Bienes Muebles
Los bienes muebles se clasifican de la siguiente manera:
- Por naturaleza: Son los susceptibles de apropiación, en general todo lo que se pueda transportar de un lugar a otro. Son los bienes muebles físicos propiamente dichos.
- Por analogía: Incluyen las rentas o pensiones, los oficios enajenados, los contratos sobre servicios públicos, entre otros.
Los Frutos: Rendimientos de los Bienes
Se denominan frutos a los bienes generados o producidos como rendimiento de otros bienes.
El Derecho Subjetivo y el Derecho Objetivo: Pilares del Ordenamiento Jurídico
El Derecho Subjetivo
El derecho subjetivo se refiere a las facultades que el ordenamiento jurídico (derecho objetivo) le reconoce a un individuo o a las personas para que exijan de sus congéneres un comportamiento determinado o una abstención que se constituye para estos en un deber jurídico u obligación.
Clases de Derechos Subjetivos:
- Patrimoniales o extrapatrimoniales.
- Absolutos o relativos.
- Principales o accesorios.
Límites del Derecho Subjetivo:
Frente a la idea de derechos absolutos, los derechos han de limitarse y conformarse en la sociedad en la que se vive.
El Derecho Objetivo
El derecho objetivo es anterior al derecho subjetivo, también jurídico. Sin embargo, el derecho subjetivo moral precede a la regla jurídica, la cual debe consagrar un derecho subjetivo existente en el plano moral.
Límites de los Derechos: Extrínsecos e Intrínsecos
Límites Extrínsecos
Son límites externos que surgen por la confrontación de derechos incompatibles. Se manifiestan en:
- Colisión de derechos: Por ejemplo, entre el derecho a la información y el derecho a la privacidad.
- Jerarquía: Se refiere al distinto rango normativo. Se anteponen: intereses generales a particulares, derechos fundamentales a otros derechos, y en derechos patrimoniales, la antigüedad, el rango, el título, etc.
Límites Intrínsecos
Los derechos han de ejercitarse conforme a su sentido y significado, de forma que no se ejerzan de manera desproporcionada o abusiva.
La Prescripción y la Caducidad: Efectos del Tiempo en los Derechos
La Prescripción
La prescripción es un instituto jurídico por el cual el transcurso del tiempo consolida ciertas situaciones de hecho, suponiendo la extinción o adquisición de derechos y/o cosas ajenas. Se interrumpe por su ejercicio ante los tribunales.
La Caducidad
La caducidad supone un plazo durante el cual el sujeto tiene potestad para ejercer un acto que tendrá efectos jurídicos. Si no lo hace dentro del lapso de tiempo determinado, pierde el derecho a entablar la acción correspondiente.