Conceptos Fundamentales del Derecho Civil: Personas, Bienes y Familia
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La Persona en el Derecho
Una persona es un ente susceptible de derechos y obligaciones, y se clasifican en persona física y persona moral.
Persona Física
La persona física es un individuo susceptible de derechos y obligaciones. Sus atributos son:
- Nombre
- Nacionalidad
- Patrimonio
- Capacidad de goce y ejercicio
- Estado civil
Persona Moral
La persona moral es la unión de varias personas físicas con un fin común, el cual puede ser lucrativo. Sus atributos son:
- Razón o denominación social
- Capacidad legal
- Nacionalidad
- Capital social
- Domicilio legal
Ejemplos de razones sociales: Carolina Herrera, Casa de Toño, Ferrari, Chedraui, Famsa, Ford, etc.
Ejemplos de denominación: H&M, F21, Shasa, Bershka, Toks, etc.
Los Bienes y el Patrimonio
Los bienes: Todo lo que se encuentra dentro del comercio; un bien ya es parte del patrimonio.
Clasificación de los bienes
- Por su movilidad:
- Mueble: Se mueve con facilidad.
- Inmueble: No se mueve (ej. un edificio).
- Por su fragmentación:
- Divisibles: Se pueden dividir sin perder su esencia.
- Indivisibles: No se pueden dividir, ya que perderían su esencia.
- Por su consumo:
- Consumible: Se termina con su uso (ej. un perfume).
- No consumible: No desaparece con el primer uso (ej. un pantalón, etc.).
- Por su operación:
- Corpóreos: Se aprecian por el tacto (ej. una pluma).
- Incorpóreos: No se pueden tocar (ej. una canción, la fragancia de un perfume).
- Por la persona a la que pertenece: Público o privado.
- Por abandono: Vacantes (inmuebles abandonados, es decir, terrenos).
El Parentesco
El parentesco es el vínculo o conexión que existe entre personas que descienden de un progenitor en común.
- Parentesco consanguíneo: Personas que descienden de un tronco común.
- Parentesco por afinidad: Conocido como parentesco político.
- Parentesco civil: Surge por motivo de adopción.
El Matrimonio
El matrimonio es la unión entre dos personas para crear una comunidad de vida.
Derechos y obligaciones que nacen del matrimonio
- Socorrerse mutuamente
- Fidelidad mutua
- Sostenimiento del hogar
- Alimentación
Requisitos legales para contraer matrimonio
- Tener ambas personas 18 años cumplidos.
- En caso de menores de 16 años, se requiere el consentimiento de los padres (este requisito se exceptúa o está disponible en caso de que la menor esté embarazada).
Requisitos administrativos
El costo del trámite es de $1,152 pesos; a domicilio es de $2,313 pesos.
Los Alimentos
En el concepto de alimentos, el que da tiene derecho a recibir. Se distinguen dos figuras:
- Acreedor alimenticio
- Deudor alimentario
Los alimentos comprenden:
- Comida
- Vestido
- Educación
- Salud
- Habitación
- Recreación (específicamente para el Estado de México)
Tienen derecho a exigir los alimentos:
- Los cónyuges
- Los hijos
- Los padres
- Los concubinos
- El adoptado
*Los alimentos deben ser proporcionales y suficientes para lograr la manutención de los menores*