Conceptos Fundamentales del Derecho Constitucional: Interpretación, Principios y Estructura
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Métodos de Interpretación del Derecho Constitucional
El Derecho Constitucional se apoya en diversos métodos de interpretación para desentrañar el significado y alcance de sus normas. Estos métodos son:
- Método Lógico: Se utiliza para analizar el sistema de normas en su conjunto, buscando la coherencia y la interrelación entre ellas.
- Método Histórico: Consiste en examinar las constituciones anteriores y su evolución para comprender los cambios y el desarrollo de las normas constitucionales.
- Método Crítico-Valorativo: Implica un análisis crítico de los valores que inspiraron la creación de una determinada constitución, con el fin de entender el propósito y la razón de ser de sus preceptos.
Contenido Esencial de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789
La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789, un documento fundamental de la Revolución Francesa, establece los derechos naturales e imprescriptibles del hombre, aplicables en todo tiempo y lugar. Estos derechos son:
- Libertad
- Propiedad
- Seguridad
- Resistencia a la opresión
La Declaración dedica varios artículos a la libertad:
- Artículo 1: "Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos".
- Artículos 4 y 5: Definen la libertad como "lo que no perjudica a nadie", estableciendo que solo la ley puede ponerle límites.
- Artículos 7, 8 y 9: Precisan las características de la libertad individual, incluyendo la presunción de inocencia y la irretroactividad de la ley.
- Artículos 10 y 11: Se refieren a la libertad de opinión, de prensa y de conciencia.
Principios Constitucionales Clave
Se presentan a continuación tres principios constitucionales fundamentales:
- Principio de Legalidad: Todos los servidores públicos solo pueden actuar dentro del marco de lo que les está formal y expresamente permitido por la ley.
- Inviolabilidad Constitucional (Artículo 136): La Constitución mantiene su fuerza y vigor incluso si su observancia es interrumpida por una rebelión.
- Reforma Constitucional: La Constitución puede ser modificada mediante un procedimiento especial establecido en la propia Constitución.
Estructura de la Constitución
La Constitución se divide en dos partes principales:
- Parte Dogmática: Contiene los derechos y libertades fundamentales de los gobernados, es decir, las garantías individuales.
- Parte Orgánica: Se refiere a la organización, funciones, facultades y relaciones de los órganos del poder público, la integración del territorio nacional, la forma de gobierno y el concepto de soberanía, entre otros aspectos.
Concepto de Constitución: Perspectivas Material y Formal
Concepto Material
Es el conjunto de normas que designan a los órganos supremos del Estado, los modos de su creación, sus relaciones mutuas, fijan el círculo de su acción y, por último, la situación de cada uno de ellos respecto al Poder del Estado. Desde este punto de vista, las Constituciones del mundo occidental se basan en dos principios capitales para evitar el abuso de poder:
- Garantías individuales.
- Separación de poderes.
Concepto Formal
Se refiere a un documento solemne, un conjunto de normas jurídicas que solo pueden ser modificadas mediante la observancia de prescripciones especiales, cuyo objeto es dificultar la modificación de dichas normas.
Principio de Supremacía Constitucional
Este principio establece que todas las demás leyes dentro del Estado derivan de las normas constitucionales. Ninguna ley puede estar por encima de la Constitución.
Consecuencias de la Supremacía Constitucional
La Supremacía Constitucional tiene varias consecuencias importantes, entre ellas:
- Unidad: Asegura la compatibilidad vertical y horizontal de las normas dentro del ordenamiento jurídico. Las normas inferiores deben adecuarse a las superiores, y las normas del mismo nivel no pueden contradecirse.
- Control: La Constitución controla todas las leyes. Si no se efectiviza este control, no existe una relación de supra y subordinación normativa.
- Razonabilidad: Las leyes deben ser instrumentos o medios adecuados a los fines establecidos por la Constitución. Deben estar en concordancia con ella. Por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo es un instrumento para aplicar el Artículo 123 Constitucional.