Conceptos Fundamentales del Derecho: Derechos, Deberes y su Clasificación

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Conceptos Fundamentales del Derecho: Derechos y Deberes

La convivencia social de los seres humanos en nuestra sociedad es regulada por diversos tipos de normas, principalmente normas jurídicas.

Derecho Objetivo y Derecho Subjetivo

El vocablo "derecho" es usado para designar dos cosas fundamentalmente: la norma jurídica que establece derechos y deberes, y también para designar la facultad de hacer o exigir algo que la norma reconoce a favor de un sujeto.

El primer significado del vocablo "derecho" corresponde al derecho objetivo; el segundo, al derecho subjetivo. Ambos conceptos están interrelacionados.

Posiciones Respecto al Origen de los Derechos

Existen diversas corrientes de pensamiento sobre el origen y la naturaleza de los derechos:

  1. Los Iuspositivistas

    Partidarios de la doctrina del derecho positivo:

    Señalan que los derechos de las personas se originan luego de la existencia de las normas jurídicas, de las leyes que los establecen. No podemos exigir a alguien que realice algo que la ley no señala.

  2. Los Iusnaturalistas

    Partidarios de la doctrina del derecho natural:

    Sostienen que los derechos son inherentes a la naturaleza humana y que se desprenden de la dignidad humana. El Estado tan solo reconoce derechos preexistentes a la norma jurídica que emita y al Estado mismo.

Clasificación de los Derechos Subjetivos

Los derechos que tiene toda persona son enumerados principalmente en la Constitución Política del Perú, en su primer título. Se clasifican en:

  1. Derechos Fundamentales

    En este grupo se consideran los derechos que se ejercen individualmente. Son derechos superiores y anteriores al Estado y reciben el nombre de fundamentales porque son esenciales para la convivencia social y el ejercicio de los demás derechos.

  2. Derechos Sociales y Económicos

    Agrupan a aquellos derechos que se ejercen fundamentalmente en forma colectiva frente al Estado y a determinados grupos sociales para que nos proporcionen adecuados servicios públicos.

  3. Derechos Políticos

    Enmarcan los derechos reconocidos por la Constitución y las leyes, que nos permiten participar en forma directa o indirecta en el gobierno del Estado y en la toma de decisiones respecto a dicho gobierno.

Los Deberes

Son el conjunto de obligaciones que tiene toda persona de cumplir o acatar las exigencias prescritas en las normas jurídicas establecidas por el Estado.

Los Derechos Humanos

Son las facultades reconocidas como inherentes a la persona humana que le corresponden por su propia naturaleza.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

La Asamblea General de las Naciones Unidas promulgó esta Declaración de 30 artículos el 10 de diciembre de 1948, suscrita por todos los países.

Características de los Derechos Humanos

  • Son inherentes al ser humano: es decir, el ser humano ya nace con ellos.
  • Son generales: es decir, válidos para todos sin ningún tipo de discriminación.
  • Son irrenunciables: es decir, una persona no puede renunciar a sus derechos, así lo desee.

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