Conceptos Fundamentales del Derecho Laboral y Principios Clave

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Actores de la Relación Laboral

El Trabajador

Es una persona cuyo principal capital es la fuerza de trabajo, ya sea física o intelectual, en sus múltiples manifestaciones.

El Empleador

Puede ser una persona física, varias personas físicas o una persona jurídica organizada en alguna sociedad permitida por la ley. La persona física, según el derecho, es un ser humano que ejerce sus derechos y cumple sus obligaciones a su nombre. Posee un poder organizativo que le otorga la facultad de dirigir y disciplinar a su personal.

Persona Jurídica

Es una institución que está conformada por varias personas físicas. La persona jurídica tiene derechos y obligaciones que dependen de dicha empresa, y sus bienes no son afectados.

Sociedades

Su objetivo principal es lograr un fin utilizando el trabajo de otras personas. Tanto una sociedad de beneficencia como una de fines lucrativos pueden tener empleados que cumplan las mismas normas.

Empresa

Es una organización instrumental de medios (ya sean personales, materiales o inmateriales) que son ordenados bajo una dirección para el logro de fines económicos o benéficos.

Empresario

Es aquella persona que dirige la empresa, ya sea por sí mismo o a través de otras personas, y con quien los trabajadores se relacionan.

Facultades del Empleador

Facultad de Control

Se ejerce sobre el personal de la empresa, estableciendo pautas a seguir.

Reglamentar la Actividad

Implica fijar las reglas para un mejor funcionamiento de la empresa.

Facultad de Modificar las Formas y Modalidades de Trabajo

Se introducen los cambios necesarios para un desenvolvimiento más productivo, siempre que no ataquen los derechos del trabajador.

Facultad Disciplinaria

Se materializa a través de la aplicación de una sanción determinada al trabajador, como consecuencia de la facultad de dirección (ej. un llamado de atención).

Principios del Derecho Laboral

Principio Protector

Es aquel criterio que protege al trabajador individualmente, ya que este constituye la parte más débil de la relación laboral frente a quien tiene el poder económico, es decir, el empleador. Este principio tiene tres reglas fundamentales:

  • In dubio pro operario: Se aplica cuando es necesario interpretar una norma que tiene varios sentidos, haciendo imperativa la elección por el sentido más favorable al trabajador.
  • Aplicación de la norma más favorable: Se refiere a la elección de la norma más favorable entre varias que regulan una situación determinada, sin importar el orden de relación jerárquica.
  • La condición más beneficiosa: Protege los derechos ya adquiridos por el trabajador.

Principio de Irrenunciabilidad

Está incluido en los artículos 12 al 15 de la Ley de Contrato de Trabajo. Implica que se vuelvan nulas todas aquellas pautas que intenten violar la legislación actual.

Principio de Continuidad

Protege la conservación del contrato de trabajo y se encuentra en varias disposiciones de leyes laborales, tales como:

  • Considerar el contrato, por regla general, como de duración indeterminada.
  • Continuidad del contrato de trabajo a pesar de cambios dinámicos en la relación.
  • Castigo frente al despido sin causa, con una indemnización a favor del trabajador.
  • Mantenimiento del contrato a pesar del incumplimiento de una de las partes.

Principio de Razonabilidad

Está orientado hacia el bien común y es el resultado de la razón de las personas, apareciendo en todo ordenamiento jurídico, especialmente en el Derecho del Trabajo, donde es esencial. Establece un límite a posibles arbitrariedades que puedan recaer sobre las partes.

Principio de Buena Fe

Es un principio general presente en toda relación negocial, que implica la confianza entre ambas partes y que ninguna se engañará ni perjudicará a la otra. Las partes deben cumplir de forma honesta lo que acordaron, y debe ser observado tanto por el empleador (patrón) como por el trabajador (obrero).

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