Conceptos Fundamentales del Derecho: Normas, Ordenamiento y Jerarquía

Clasificado en Derecho

Escrito el en español con un tamaño de 4,96 KB

Definición de Derecho

Según Vescovi, el Derecho es un conjunto de normas jurídicas inspiradas en el ideal de justicia e impuestas coercitivamente que, al determinar las facultades y obligaciones de cada uno, hacen posible la coexistencia social.

Finalidad del Derecho

El Derecho persigue fundamentalmente los siguientes fines:

  • Seguridad: Garantía que se le da al ser humano de que su persona física y sus bienes no serán objeto de ataques violentos y, si estos se dan, se asegura protección y reparación.
  • Certeza: En las relaciones jurídicas, comerciales o de intercambio.
  • Justicia: Mantener y asegurar la justicia entre las personas.

La Norma

Una Norma es cualquier regla de conducta o comportamiento obligatoria dirigida a los hombres, que son libres de cumplir con ella o no, pero si no lo hacen, son objeto de una sanción.

La Norma Jurídica

La Norma Jurídica es un imperativo, una orden del Estado a sus súbditos para que observen una conducta determinada. Según Kelsen, el Estado no es un sujeto dotado de voluntad, por lo que no puede "querer" algo; lo que hace es aplicar la sanción cuando se cumple la conducta prevista en la norma.

Características de la Norma Jurídica

  • Bilateral: La norma jurídica tiene un precepto que impone un comportamiento. Ese comportamiento se refiere a otro sujeto. Por ejemplo, cuando la norma le dice al deudor que debe pagar, le está acordando al acreedor la facultad de cobrar. Por eso es bilateral, porque solo tiene razón de ser si enlaza a dos sujetos.
  • General: Porque la conducta que ella ordena se impone a un número indeterminado de personas. Para que una norma sea general no es necesario que se refiera a todos los casos; basta que simplemente alcance a todos los individuos que se encuentran en la situación prevista por ella, en forma abstracta e impersonal.
  • Imperativa: Es una consecuencia de la sanción que posee. Da órdenes, mandatos. En el Derecho no tienen cabida los consejos, sino las órdenes, porque lo que se busca es que se realice un acto o que no se realice otro, y no persuadir a nadie.
  • Coercible: Es la característica que distingue a la norma jurídica de las demás normas. La coercibilidad implica la posibilidad de coacción. La coacción es el empleo de la fuerza para hacer cumplir la norma.

El Orden Jurídico

Las diversas normas jurídicas de un sistema positivo de un país constituyen un Orden Jurídico, un sistema orgánico y coherente, regido por principios lógicos, especialmente el de no contradicción. Si existen normas contradictorias, mediante mecanismos propios del sistema, siempre habrá una sola que será válida.

Jerarquía Normativa

La Jerarquía se funda en el hecho de que no todas las normas jurídicas se encuentran en un mismo nivel o escalón de la escala jerárquica. Existe una estructura jerárquica del orden jurídico en cuya virtud unas normas jurídicas son más importantes que otras. Por ejemplo, en un grado superior está la Constitución; en uno más bajo se encuentra la ley, que a su vez es de nivel superior al derecho reglamentario o a la sentencia.

La Pirámide de Kelsen

La estructura jerárquica del ordenamiento jurídico suele representarse mediante la Pirámide de Kelsen, que ordena las normas de mayor a menor rango:

  1. Constitución.
  2. Leyes, Decretos Leyes, Códigos, Tratados Internacionales aprobados, Decretos de las Juntas Departamentales que tengan fuerza de ley en su jurisdicción.
  3. Actos administrativos generales: Decretos o Reglamentos del Poder Ejecutivo, Decretos del Intendente.
  4. Actos administrativos particulares: Sentencias, Contratos, Resoluciones administrativas individuales.

Principios de Resolución de Conflictos Normativos

Derogación

El principio de Derogación se aplica cuando tenemos dos normas que pertenecen a un mismo nivel jerárquico (por ejemplo, dos leyes) y dan soluciones contradictorias. En este caso, una de ellas será suplantada por la otra. Por ejemplo, si una ley del año 2002 dice que la mayoría de edad se alcanza a los 21 años y una ley del 2006 dice que a los 18 años, aplicando el principio de derogación ("ley posterior deroga ley anterior"), la ley más reciente prevalece.

Competencia

El principio de Competencia se aplica cuando aparece una contradicción entre dos normas de la misma jerarquía, pero dictadas por distintos órganos. Según este principio, se debe dar primacía a la norma dictada por el órgano que tiene facultades (competencia) para regular la materia de que se trata.

Entradas relacionadas: