Conceptos Fundamentales del Derecho y la Pedagogía: Personas Jurídicas, Aprendizaje y Normativa
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Revisión Detallada de Conceptos Clave en Derecho y Educación
Clasificación de Personas Jurídicas:
- Personas Jurídicas Públicas: Estas engloban todas aquellas de carácter estatal.
- Personas Jurídicas Privadas: Incluyen, por su parte, las de carácter particular no estatal. Ejemplos incluyen sociedades civiles y comerciales, y aquellas que no persiguen ganancias, como corporaciones y fundaciones.
Representantes del Aprendizaje Significativo y el Constructivismo
Entre los teóricos más influyentes en estas corrientes pedagógicas se encuentran:
- David Ausubel: Con su teoría de los aprendizajes significativos.
- Otros exponentes relevantes: Jean Piaget, Ausubel, Bandura, Royer y Allan, Lev Vygotsky y Jerome Bruner.
Distinción entre Derecho Objetivo y Subjetivo
Es fundamental comprender la diferencia entre estas dos facetas del ordenamiento legal:
Derecho Objetivo
El derecho objetivo es el conjunto de normas, ordenanzas y leyes que prescriben una obligación a la sociedad. Ejemplos claros son los códigos penales, civiles y de orden público que rigen la conducta cotidiana de los ciudadanos en cada país.
Derecho Subjetivo
El derecho subjetivo es el conjunto de potestades, libertades y facultades jurídicas que la ley y las normas jurídicas les otorgan a los individuos. Ejemplos incluyen la libertad de expresión y la libertad de culto.
Principios Generales del Derecho
Existen numerosos principios que sustentan el sistema jurídico. Algunos de ellos son:
Principios fundamentales: Equidad, libertad, justicia, fraternidad, igualdad, inocencia, jerarquía, entre otros.
Aforismos y Máximas Jurídicas Relevantes
A continuación, se presentan algunas máximas jurídicas importantes:
- "Lo accesorio sigue la suerte de lo principal."
- "Quien puede lo más puede lo menos."
- "No se puede obligar a lo imposible."
- "Las convenciones de los particulares no derogan al Derecho público."
- "El error quita la voluntad y descubre la impericia de su autor."
- "El género se deroga por la especie."
- "Se entiende que hace la cosa aquél a cuyo nombre se hace."
- "No se puede alegar en beneficio la propia torpeza."
- "Lo que no está prohibido está permitido."
- "El primero en tiempo es primero en Derecho."
- "Donde la ley no distingue no cabe distinción alguna."
- "Donde hay la misma razón es aplicable la misma disposición."
- "El que afirma está obligado a probar."
- "La ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento."
- "No se puede juzgar dos veces por la misma causa."
- "A confesión de parte, relevo de prueba."
- "No corre la prescripción contra el que no puede valerse."
- "La ley es dura, pero es la ley."
- "La más pequeña variación en el hecho hace variar el Derecho."
- "Lo lícito no siempre es justo ni honesto."