Conceptos Fundamentales del Derecho: Sociedad, Normas, Personas y Poder Legislativo
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El Derecho y su Función en la Sociedad
El ser humano, por naturaleza, es un ser social. Las personas se agrupan, entran en contacto y se comunican entre sí. Para posibilitar la convivencia en sociedad, se establece un orden social, que es la forma en que se organiza la vida en comunidad. El Derecho persigue dos objetivos fundamentales:
- Establecer un orden social.
- Ejercer control social.
El Derecho es el conjunto de normas y principios que pueden ser impuestos por la fuerza, con la finalidad de regular la convivencia y resolver los problemas sociales.
Concepto y Tipos de Derecho
El Derecho se define como el conjunto de normas y principios. Las normas establecidas por el Derecho pueden ser impuestas por la fuerza y su finalidad es posibilitar la convivencia. Podemos distinguir dos tipos principales de Derecho:
- Derecho Público: Regula las relaciones en las que una de las partes (el Estado o un ente público) ejerce su autoridad sobre la otra parte, estableciéndose una relación de subordinación.
- Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares, y entre éstos y el Estado, en una relación de colaboración.
La Persona en el Derecho
En términos jurídicos, una persona es todo ser humano o entidad susceptible de ser sujeto de derechos y obligaciones. Existen dos tipos de personas:
- Personas Físicas: Son las personas humanas. La personalidad jurídica se adquiere con el nacimiento y se extingue con el fallecimiento.
- Personas Jurídicas: Son entidades a las que el ordenamiento jurídico atribuye esta condición. Su personalidad jurídica se adquiere con la constitución de la entidad conforme a la ley y se extingue cuando la entidad se disuelve. Algunos ejemplos son:
- Sociedades: Con o sin fin lucrativo.
- Corporaciones: Entidades de interés público o colectivo (Estado, colegios profesionales).
- Fundaciones: Entidades con fines altruistas y de interés general, que gestionan un patrimonio para fines sociales.
Las Cortes Generales: El Poder Legislativo
Las Cortes Generales son el organismo de representación del pueblo español. Se componen de dos cámaras:
- Cámara Alta (Senado): Representa a las Comunidades Autónomas. Ratifica las leyes aprobadas en el Congreso. Los senadores son elegidos por sufragio universal (cuatro por cada provincia, tres en las islas mayores) y designados por los órganos legislativos de cada Comunidad Autónoma (un senador más otro por cada millón de habitantes).
- Cámara Baja (Congreso de los Diputados): Representa a la nación en su conjunto. Está compuesto por 350 diputados. Ejerce el poder legislativo. A cada provincia le corresponde un número de diputados según su población (Ceuta y Melilla tienen un diputado cada una).
Funcionamiento de las Cámaras
Las Cámaras pueden funcionar en:
- Pleno: Reunión de todos los diputados o senadores.
- Comisiones: Conjunto de diputados o senadores que tratan una materia concreta.
Las leyes importantes para el país se aprueban en el Pleno del Congreso. Las sesiones ordinarias se desarrollan en dos periodos. Durante las vacaciones, la Diputación Permanente realiza las funciones de las Cámaras y puede convocar sesiones extraordinarias.
Elaboración de las Leyes
Para la aprobación de leyes, se pueden requerir diferentes tipos de mayoría:
- Mayoría Absoluta: La mitad más uno de los miembros de las cámaras.
- Mayoría Simple: La mitad más uno de los votos emitidos.
El proceso legislativo puede iniciarse de varias formas:
- Proyecto de Ley: Si la iniciativa parte del Gobierno, se envía al Congreso un proyecto de ley.
- Proposición de Ley: Si la iniciativa parte del Congreso o del Senado, se presenta una proposición de ley.
- Iniciativa Legislativa Popular: Los ciudadanos pueden presentar una proposición de ley al Congreso, requiriendo 500.000 firmas, pero no pueden legislar sobre materias tributarias o relaciones internacionales.
Toda propuesta de ley se aprueba primero por el Congreso y luego por el Senado (cuya función en este proceso es, en gran medida, simbólica).
Los Tratados Internacionales
Los Tratados Internacionales forman parte del ordenamiento jurídico español, estableciendo derechos y obligaciones que afectan a todos los ciudadanos. Son acuerdos que firma un país, asumiendo compromisos. Pueden ser:
- Bilaterales: Implican solo a dos Estados.
- Multilaterales: Firmados por varios Estados; a menudo resultan en la creación de una Organización Internacional.
Las normas contenidas en los Tratados Internacionales forman parte del Sistema Constitucional Español y tienen la misma importancia que la Constitución, especialmente los convenios que desarrollan derechos y libertades.