Concreción Curricular y Programación Docente: Guía para la Atención a la Diversidad

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LA CONCRECIÓN DE LOS CURRICULOS EN EL MARCO DEL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO. PROGRAMACIÓN DOCENTE PARA DAR RESPUESTA A LAS DISTINTAS NECESIDADES DEL ALUMNADO

0. Introducción y justificación

La cita de Montessori (2009 [1928]] afirmando que: "la educación de los pequeños es Ia cuestión más importante para el porvenir de la humanidad", refleja la transformación a la que el mundo está destinado y cuyos responsables somos las personas.

La escuela no podemos obviar estos hechos y somos responsables de educar vocacionalmente a través de una enseñanza de calidad, en colaboración con el resto de la comunidad educativa, con Ia motivación común de construir un mundo mejor.

Con este propósito, en nuestro país, la Constitución Española (1978) en su artículo 27, proclama el derecho de todos a una educación que asegure la igualdad de oportunidades de Ios ciudadanos y el respeto a la diversidad de sus identidades, necesidades e intereses (artículo 2. Principios, Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria).

La finalidad de la educación en la etapa de Primaria es que los alumnos “afiances su desarrollo personal y propio bienestar y adquieran las habilidades culturales básicas y sociales, los hábitos de trabajo y estudio, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad" (artículo 16. Principios generales de EP, Ley Orgánica  2/2006, de 3 de mayo de Educación (LOE en adelante), modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE en adelante).

En definitiva, se trata de que desarrollen al máximo las competencias clave, los objetivos y contenidos establecidos en el Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de Primaria y ampliados por el Decreto 27/2014, de 5 de junio, que establece el currículo de Primaria en Cantabria.

Para ello, es necesario que adecuemos de forma conjunta y coordinada el currículo prescriptivo a las características del centro y del alumnado en los documentos del centro. El Título V. Participación, autonomía y gobierno de los centros en la LOE, otorga a los centros educativos una autonomía pedagógica, de organización y de gestión.

Próximamente, abordaremos todos los apartados del epígrafe del tema, para llegar a una serie de conclusiones. Finalmente, daremos con el listado y comentario de referencias, páginas web y el marco normativo y legislativo en el que nos circunscribimos, siguiendo el sistema APA.

Antes de comenzar, me gustaría puntualizar que creo importante el uso de un lenguaje inclusivo y no sexista, empero por cuestiones obvias de tiempo utilizaré el uso genérico del masculino.

1. LA CONCRECIÓN DE LOS CURRICULOS EN EL MARCO DEL PROYECTO EDUCATIVO DEL CENTRO

Se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos educativos para cada una de las enseñanzas y etapas educativas" (artículo 2. Definiciones, Real Decreto 126/2014).

Consideramos su concreción como los pasos o fases que adaptan el currículo nacional a la situación concreta del centro y del aula, por Io que cada nivel se basa en el anterior.

En un primer nivel de concreción, la administración educativa, estatal y autonómica concreta la LOMCE para elaborar la Ley de Cantabria 6/2008, el Real Decreto 126/2014 y el Decreto 27/2014, respectivamente y otras órdenes y decretos (Torres y Cruz, 2015).

Todos los profesionales del centro nos basamos en ellos para elaborar un currículo institucional propio con el objetivo de facilitar al alumnado el desarrollo de las competencias clave (artículo 8. Competencias, Decreto 27/2014) y alcance los objetivos de etapa del artículo 3. Objetivos, Decreto 27/2014.

Así, surgen los planes, programas y proyectos del centro, entre ellos el Proyecto Educativo (PE en adelante), regulado por el artículo 56. Proyecto Educativo, Decreto 25/2010, de 31 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas Infantiles, de los Colegios de EP y de los Colegios de EI y EP en Cantabria, modificado por el Decreto 80/2014, de 26 de diciembre, y por el Decreto 16/2016, de 30 de marzo).

El PE incluye las características socioculturales del entorno y la coordinación con las administraciones e instituciones locales, Ios valores, objetivos y prioridades de actuación la Propuesta Pedagógica de Infantil, el Proyecto Curricular de Primaria, el plan de convivencia del centro, el plan de Atención a la diversidad, el plan de Acción tutorial y las Programaciones anuales.

El equipo directivo coordina y elabora el PE, de acuerdo con las directrices del Consejo escolar y las propuestas del Claustro y los Equipos de nivel. Cuando el Consejo escolar Io evalúa y aprueba, el Equipo directivo a Io hace público a la comunidad educativa, para favorecer su mayor implicación.

Después, el tutor elabora el tercer nivel de concreción, que es la Programación de Aula y, en un cuarto nivel, las Adaptaciones Curriculares Individuales, imprescindibles para atender a Ia diversidad siempre presente en nuestras aulas con una educación de calidad (Pujolás, 2004) (-.)

2. PROGRAMACIÓN DOCENTE PARA DAR RESPUESTA A LAS DISTINTAS NECESIDADES DEL ALUMNADO PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS QUE DEBEN TENERSE EN CUENTA, ESTRATEGIAS PARA SU ELABORACIÓN EN EL CICLO, CURSO Y AULA,

A continuación, abordamos Ia esencia e importancia, los principios y las estrategias para su elaboración.

2. 1. LA PROGRAMACIÓN DOCENTE

Los Equipos docentes, coordinados por el tutor, elaboran la Programación de aula, regulada por el artículo 12. Programación docente, para recoger todas las decisiones acerca del proceso educativo para un área y nivel, basándose en los planes, programas y proyectos del centro. Es flexible y modificable, porque los imprevistos surgen y porque siempre es posible mejorar la calidad de la enseñanza (Bustamante et. al 2009).

Programar es esencial dando que evita pérdidas de tiempo, ordena el proceso educativo, lo adapta a los recursos del aula y, lo más importante, a la diversidad del alumnado, cumpliendo con el Decreto 98/2005, de 18 de agosto, de ordenación a la atención a la diversidad en Cantabria.

Incluye la introducción, la justificación, su contextualización, los objetivos, el desarrollo de las Competencias Clave, los contenidos, las Unidades Didácticas, los métodos pedagógicos, todo lo relativo a la evaluación, la atención a la diversidad, la concreción de los elementos transversales, el fomento a la lectura y a las TIC, los recursos didácticos y organizativos y las actividades complementarias y extraescolares.

Para su elaboración consideraremos los principios y estrategias expuestos a continuación.

2. 2. PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS Y ESTRATEGIAS PARA SU ELABORACIÓN EN EL CICLO, CURSO Y AREA.

A la hora de programar, nos basaremos en el artículo 9. Orientaciones metodológicas, Decreto 27/2014, atenderemos a la diversidad de nuestro alumnado basándonos en el Decreto 98/2015, y fomentaremos agrupamientos heterogéneos para favorecer Ia tutoría entre iguales, el trabajo en equipo, el aprendizaje cooperativo y la evaluación formadora. A Io largo de las actividades, el alumnado aprende por descubrimiento, desarrolla las inteligencias múltiples, muestra Ia funcionalidad de los aprendido, aplicándolo en diferentes contextos reales o simulados, por ejemplo, a través de la resolución de problemas de la vida cotidiana. De esta forma, potenciamos su autonomía, los aprendizajes significativos, la Competencia de Aprender a Aprender y Ia creatividad y actividades abiertas que supongan un reto para los alumnos. Aprovechamos las diferentes fuentes de información y materiales procedentes del entorno más cercano y los vinculados a las TIC, de forma transversal.

Dicha programación compete a todo el equipo docente que interviene en el grupo, así que es fundamental establecer unas estrategias comunes para su elaboración y desarrollo. particularmente, coincido con las que López (2006) propone:

Incluir elementos de análisis para evaluar la programación.

Promover la reflexión sobre nuestra propia práctica docente.

Facilitar Ia progresiva implicación del alumnado en su proceso de aprendizaje.

Atender a su diversidad.

Secuenciar los contenidos, partiendo de los recogidos en la legislación educativa y en el PC.

Establecer los criterios de la evaluación, basándonos en la Orden ECD/110/2014, para la evaluación y promoción de Primaria en Cantabria.

Definir los supuestos metodológicos generales para las distintas áreas y de las competencias.

Organizar el espacio y el tiempo.

Establecer los materiales didácticos.

Por Io tanto, un requisito básico para la mejora global de Ia calidad de Ia enseñanza es que los docentes colaboren, persigan unos objetivos comunes, compartan recursos y adopten roles complementarios, como veremos a continuación.

3. COORDINACIÓN DOCENTE.

Es necesario organizar la práctica de Ia autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el centro, por ello, se establecen equipos formados por profesionales con competencias diferentes, regulados por el Tírulo II. Órganos colegiados de gobierno y de coordinación docente y Título III. La dirección en los centros públicos del Decreto 25/2010.

La coordinación se puede contemplar desde dos perspectivas: la horizontal, si la referencia es el grupo de alumnos y, vertical, si Io es el área para cursos o niveles diferentes.

Los órganos colegiados de gobierno, son el Consejo Escolar, en el que está representada toda Ia comunidad educativa y el Claustro de profesores, que es el órgano a través del cual participan los profesores en el gobierno del centro.

En aquellos centros que cuentan con más de nueve unidades existirán otros Órganos de coordinación docente.

La comisión de coordinación pedagógica son el director (su presidente), el Jefe de estudios, los coordinadores de nivel y el orientador, quienes garantizan la cohesión, seguimiento, evaluación y propuestas de mejora del PC, de las programaciones y de los planes, programas y proyectos pedagógicos del centro.

El Equipo de nivel son los docentes de un mismo nivel, que planifican y desarrollan las enseñanzas y actividades relacionadas con el proceso educativo del nivel.

El Equipo docente son todos los docentes de un mismo grupo coordinados por el tutor para ajustar la acción docente a las características del alumnado y establecer una coherencia ente sus prácticas docentes.

Cada grupo de alumnos tiene un profesor de referencia o Tutor que coordina el aprendizaje con Ias familias (Consejo Escolar de Estado, 2014) y el centro, fomenta la orientación del alumnado y su seguimiento para asegurar la coherencia en el proceso educativo (González 2006)

La CESPAD elabora y lleva a cabo el seguimiento del PAD de cara al curso siguiente y, en función del numero de alumnos, la Unidad de Orientación Educativa o Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagóglca, que coordina la orientación y asesora acerca de los planes, programas y proyectos del centro.

Asimismo, existen las figuras del Coordinador de Interculturalidad y coordinadores de planes, programas y proyectos del centro y el Órgano ejecutivo de gobierno, formado por el Equipo Directivo.

Todos los anteriormente nombrados lazos de coordinación son posibles con Ia habilitación de horarios específicos para establecer reuniones donde se proponen y deciden actuaciones que tienen implicaciones en la dinámica del centro.

4. CONCLUSIONES.

La esencia de la concreción curricular es la importancia que grandes psicólogos pedagogos del Desarrollo Evolutivo dan a Ia necesidad de contextualizar Io general al entorno que rodea al alumno.

De esta forma, a través de los documentos del centro, que caracterizan su vida y espíritu, todos los profesionales concretamos los elementos del currículo prescriptivo a la realidad del alumno para que pueda elaborar aprendizajes significativos relacionados con su vida cotidiana.

Es aquí cuando cambiamos el término docente por "compañeros" que se ayudan y motivan entre ellos, potenciando un clima de trabajo apto para desarrollar buenas prácticas en el aula. No hemos de olvidar que somos un modelo de referencia para nuestros alumnos y hemos de educar predicando con el ejemplo a través de nuestros actos.

5. BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA.

Bustamante, A., Cruz, M., Navarro, P. y Nebreda, T. (2009). Cuadernos de Educación. Del Proyecto Educativo a las programaciones de aula: Ia incorporación de las competencias básicas a Ia práctica educativa.

Centros de profesorado en Cantabria: www.cepdecantabria.

Consejería de Educación, cultura y Deporte, Gobierno de Cantabria: www.educantabria.es

Consejo Escolar del Estado (2014). La participación de las familias en la educación escolar. Madrid: Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

González, M. Á. (2006). La acción tutorial: su concepción y su práctica. Ministerio de Educación.

López, A. (2006). Trabajar con los compañeros para mejorar la educación. Aula de Innovación Educativa. [Versión electrónica].

Montessori, M. (2009). Ideas generales sobre el método Montessori: manual práctico (p, 37). CEPE. 42 edición.

Pujolás, P. (2004). Aprender juntos alumnos diferentes. Los equipos de aprendizaje cooperativo en el aula. Barcelona. Editorial Octaedro, S. L.

Torres J. R. & Cruz, P. C (2015). ¿Nueva forma de programar? Concreción curricular tras Ia LOMCE.

6. NORMATIVA Y LEGISLACIÓN.

Instrucciones inicio de curso 2018-2019.

Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos  y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato.

Decreto 27/2014, de 5 de junio, que establece el currículo de Educación primaria en Cantabria.

Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Primaria.

Ley Orgánica de 8/2013, de 9 de diciembre, para Ia Mejora de la Calidad Educativa, que modifica a la Ley Orgánica de2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

25/2010 de 31 de marzo por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas Infantiles, de los Colegios de EP y de los Colegios de El y Ep en Cantabria Decreto 53/2009, de 25 de junio, que regula Ia convivencia escolar y los derechos y deberes de la comunidad educativa en Cantabria, modificado por el Decreto 80/2014, de 26 de diciembre, y por el Decreto 16/2016, de 30 de marzo.

Ley 6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de Cantabria.

Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978.

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