Condena Penal por Estafa, Falsificación y Apropiación Indebida: Fallo Judicial y Reparación Civil
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Sentencia Penal: Condena por Estafa y Falsificación
Que debo condenar y condeno al acusado, Jonatan, como autor responsable de un delito de estafa impropia del artículo 251.1 del Código Penal en concurso aparente de normas (absorbido) con un delito de falsificación en documento privado de los artículos 395 y 390.1.3 del Código Penal, a la pena de 2 años, así como a la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de privación de libertad, declarando nulo el contrato de compraventa celebrado el día 18/04/2019, con las costas procesales incluidas las de las acusaciones particulares.
Responsabilidad Civil en el Primer Caso
En concepto de responsabilidad civil, debo condenar y condeno a Jonatan a entregar el vehículo Hyundai Getz con matrícula VWA María José y, en su defecto, se condena al abono de la cantidad de 1.420 euros a la referida, todo ello con el incremento de los intereses del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) y 1108 del Código Civil (CC).
Igualmente, se condena al acusado a abonar a JD los 250 euros que abonó por la compra del vehículo y, en concepto de daños morales, se condena al acusado a abonar a JD la cantidad de 1.250 euros, todo aquello con incremento de los intereses de los artículos 576 de la LEC y 1108 del CC. El abono de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, conforme al artículo 123 del Código Penal, se imponen al acusado.
Sentencia Penal: Delito Continuado de Estafa y Apropiación Indebida
Que debo condenar y condeno al acusado, Juan Ignacio, como autor responsable de un delito continuado de estafa y apropiación indebida, conforme a los artículos 248 y 253 del Código Penal, en concurso aparente de normas, a la pena de 2 años y 6 meses de prisión, así como a la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, con imposición de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares.
Responsabilidad Civil en el Segundo Caso
En concepto de responsabilidad civil, DEBO CONDENAR Y CONDENO a Juan Ignacio a la devolución de la cantidad de 500 euros a los hijos de la señora Aurora, cantidad obtenida fraudulentamente. Asimismo, se le condena a entregar las joyas recibidas o, en su defecto, a indemnizar por su valor en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia. Todo ello con el incremento de los intereses del artículo 576 de la LEC y 1108 del CC.
El abono de las costas procesales, incluidas las de las acusaciones particulares, conforme al artículo 123 del Código Penal, se imponen al acusado.